Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 267

Fecha del Boletín 
10-11-2015

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151110-150

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE PONTEVEDRA NÚMERO 1

150
Pontevedra número 1. Procedimiento 15 de 2014

EDICTO

Doña Belén Pereira Álvarez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Pontevedra.

Hago saber: Que en el procedimiento de pieza nulidad de actuaciones número 15 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Consuela Pena Couto, contra las empresas “Studios Middelburg, Sociedad Limitada”, “Duna Playa, Sociedad Anónima”, y “Elmasan CRT, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Providencia

Ilustrísima magistrada-juez de lo social, doña Marta López-Arias Testa.—En Pontevedra, a 13 de octubre de 2015.

Por el procurador señor Fernández García, en representación de la entidad “Duna Playa, Sociedad Anónima”, se ha solicitado incidente de nulidad de actuaciones, y en virtud de lo establecido en el artículo 227.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, acuerdo oír a las partes, por plazo común de cinco días, acerca de la nulidad solicitada.

A la vista de lo expuesto, se acuerda dejar en suspenso la resolución de los recursos planteados en la ejecución hasta que se resuelva el incidente de nulidad de los autos principales.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la Ley de la Jurisdicción Social, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial las partes o interesados y, en su caso, los profesionales asignados señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante este órgano judicial en el plazo de los tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción cometida en la resolución a juicio del recurrente, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito para recurrir, en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado de lo social número 1, abierta en el “Banco Santander, Sociedad Anónima”, cuenta número 3587, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “30 Social-Reposición”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, el código “30 Social-Reposición”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

Así lo acuerda y firma su señoría.—Doy fe.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Studios Middelburg, Sociedad Limitada”, “Elmasan CRT, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Pontevedra, a 14 de octubre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/30.725/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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