Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 273

Fecha del Boletín 
17-11-2015

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151117-63

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

63
Madrid. Sala de lo Social. Sección Tercera. Recurso 60 de 2015

SALA DE LO SOCIAL

Sección Tercera

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Y EMPLAZAMIENTO

Don Luis Fariñas Matoni, letrado de la Administración de Justicia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección Tercera de la Sala de lo social).

Hago saber: Que en el procedimiento número 60 de 2015 de esta Sección de lo social, seguido a instancias de don Orlando Saúl Zacarías Ramírez, frente a “Renfe Viajeros, Sociedad Anónima”, “Renfe Operadora”, “Ferrovial Servicios, Sociedad Anónima”, y “Cuadrielec Obras e Instalaciones Alcázar, Sociedad Limitada”, sobre recurso de suplicación, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación del letrado de la Administración de Justicia, don Luis Fariñas Matoni.—En Madrid, a 19 de octubre de 2015.

El letrado don Pablo Sánchez Ramos, en nombre y representación de “Renfe Operadora” y “Renfe Viajeros, Sociedad Anónima”, ha presentado escrito de interposición de recurso de casación para la unificación de doctrina en tiempo y forma con las oportunas certificaciones de la sentencia en la forma que posibilita el apartado 3 del artículo 224 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Acuerdo: Tener por interpuesto en tiempo y forma el recurso de casación para la unificación de doctrina y emplazar a las demás partes para su personación por escrito mediante letrado, ante la Sala Cuarta de lo Social del Tribunal Supremo dentro del plazo de los diez días siguientes contados a partir de la notificación de la presente resolución, entendiéndose personada de derecho a la parte recurrente, con la remisión de los presentes autos.

Advertir a las partes, que deberán acreditar su representación, de no constar previamente en las actuaciones y designar un domicilio en la sede de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo a efectos de notificaciones, con todos los datos necesarios para su práctica, con los efectos del apartado 2 del artículo 53 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Estando en ignorado paradero “Cuadrielec Obras e Instalaciones Alcázar, Sociedad Limitada”, en calidad de recurrida, y notificada ya por edictos una anterior resolución en estos autos, se procede a librar oficio al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para su inserción del edicto de la presente resolución, para que sirva de notificación y emplazamiento en forma a la referida demandada.

Notifíquese a las partes.

Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición ante el letrado de la Administración de Justicia, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 186 y 187 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de esta Sección, salvo las que revistan la forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación y emplazamiento en legal forma a “Cuadrielec Obras e Instalaciones Alcázar, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 19 de octubre de 2015.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/31.002/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151117-63