Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 275

Fecha del Boletín 
19-11-2015

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151119-195

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38

195
Madrid número 38. Ejecución 181 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Bartolomé Ventura Molina, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 181 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Pedro Antonio Gil García, frente a “Albahaca Eventos, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Que debo declarar y declaro extinguida la relación laboral existente entre don Pedro Antonio Gil García, contra “Albahaca Eventos, Sociedad Limitada Unipersonal”, con efectos desde la fecha de la presente resolución, condenando a “Albahaca Eventos, Sociedad Limitada Unipersonal”, a que abone a don Pedro Antonio Gil García, la cantidad de 2.169,86 euros, en concepto de indemnización, y 19.607,67 euros en concepto de salarios de tramitación.

Y se condena a costas a “Albahaca Eventos, Sociedad Limitada Unipersonal”, que comprende el pago de la minuta de honorarios del letrado de la parte actora, los cuales no podrán superar el importe de 600 euros.

En cuanto al Fondo de Garantía Salarial, este organismo estará a la responsabilidad legalmente establecida para él.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número 2708/0000/ 64/0181/15.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Albahaca Eventos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 14 de octubre de 2015.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/31.308/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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