Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 278

Fecha del Boletín 
23-11-2015

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151123-45

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE LA VEGA

RÉGIMEN ECONÓMICO

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San Martín de la Vega. Régimen económico. Impuesto actividades económicas 2015

Remitida por la Administración Tributaria del Estado la matrícula del impuesto sobre actividades económicas del ejercicio 2015, se pone a disposición del público en el Ayuntamiento de San Martín de la Vega (Departamento de Tesorería) sito en la plaza de la Constitución, número 1, durante quince días naturales que empezarán a contar a partir del día siguiente de la publicación del anuncio de exposición en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Contra los actos de inclusión de un sujeto pasivo en la matrícula, así como su exclusión o alteración de cualquiera de los datos a que se refiere el artículo 2.2 del Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero, se podrá interponer recurso de reposición potestativo ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria (Delegación de Aranjuez) (Madrid), o reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo de Madrid, en el plazo de un mes desde el día siguiente al del término del período de exposición pública.

La interposición del recurso de reposición o reclamación económico-administrativa contra los actos censales señalados no originará la suspensión de los actos liquidatorios subsiguientes, salvo que así lo acuerde expresamente la AEAT o el Tribunal Económico-Administrativo competente.

San Martín de la Vega, a 26 de octubre de 2015.—El alcalde-presidente, Rafael Martínez Pérez.

(02/5.463/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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