Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 278

Fecha del Boletín 
23-11-2015

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151123-59

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 36

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Madrid número 36. Procedimiento ordinario 1.027 de 2013

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 1.027 de 2013, entre “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima”, y don José Alfredo Quisilema Lluglluna, en cuyos autos se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 17 de julio de 2015.—Ilustrísima señora doña María de los Ángeles Martín Vallejo, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 36 de Madrid habiendo visto los autos de juicio ordinario seguidos en este Juzgado con el número 1.027 de 2014, a instancias de “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima”, representada por el procurador don Esteban Jabardo Margareto y asistida por el letrado don Antonio Pérez Florido, contra don José Alfredo Quisilema Lluglluna, citado por edictos y declarado en rebeldía, en ejercicio de la acción de reclamación de cantidad.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta a instancias de “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima”, representada por el procurador don Esteban Jabardo Margareto, contra don José Alfredo Quisilema Lluglluna, y en consecuencia, debo condenar y condeno a la parte demandada a abonar a la parte demandante la cantidad de 10.556,79 euros y a los intereses legales de dicha suma desde el día de la interposición de la demanda, con expresa condena en costas a la parte demandada.

Se declara la nulidad de la cláusula de intereses de demora al tipo del 20 por 100.

Y para que sirva de notificación de la sentencia al demandado don José Alfredo Quisilema Lluglluna, declarado en rebeldía, se expide la presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de noviembre de 2015.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/5.608/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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