Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 278

Fecha del Boletín 
23-11-2015

Sección 4.50.1.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151123-52

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

52
Madrid. Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección Primera. Procedimiento ordinario 1.179 de 2010

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

Sección Primera

EDICTO

En el procedimiento ordinario número 1.179 de 2010 seguido en esta Sala, a instancias Asociación Telefónica para Asistencia a Minusválidos, representada por la procuradora doña Ana Llorens Pardo, contra el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, representado por el letrado don José Luis Moreno López, y Fundación para la Investigación y el Desarrollo de Estudios (FIDES), asistida por la procuradora doña María del Carmen Ortiz Cornago, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia

Excelentísimos señores: presidente, don Rafael Fernández Valverde, y magistrados, don José Juan Suay Rincón, don César Tolosa Tribiño, don Francisco José Navarro Sanchís, don Jesús Ernesto Peces Morales y don Mariano de Oro-Pulido y López.—En Madrid, a 14 de septiembre de 2015.

Visto por la Sala Tercera (Sección Quinta) del Tribunal Supremo el recurso de casación número 3.829 de 2013, interpuesto por la Asociación Telefónica para Asistencia a Minusválidos, representada por la procuradora doña Ana Llorens Pardo, sobre aprobación del Plan Parcial, habiendo comparecido como partes recurridas el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón (Madrid), representado y asistido por el letrado don José Luis Moreno López, y la Fundación para la Investigación y el Desarrollo de Estudios (FIDES), representada por la procuradora doña María del Carmen Ortiz Cornago.

Fallamos

1.o Declaramos haber lugar al recurso de casación número 3.829 de 2013, interpuesto por la Asociación Telefónica para Asistencia a Minusválidos, contra la sentencia de la Sección Primera de la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, dictada en el recurso contencioso-administrativo número 1.179 de 2010, seguido contra el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, adoptado en su sesión de fecha 17 de junio de 2010, de aprobación definitiva del Plan Parcial APR 2.3.01, “Universidad Francisco de Vitoria”.

2.o Declaramos la nulidad de pleno derecho del indicado Plan.

3.o Sin costas.

Así por esta nuestra sentencia, que deberá insertarse por el Consejo General del Poder Judicial en la publicación oficial de jurisprudencia de este Tribunal Supremo, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Y para su publicación expido el presente edicto que firmo.

En Madrid, a 23 de octubre de 2015.—La letrada de la Administración de Justicia, María Jesús Pera Bajo.

(03/32.027/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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