Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 278

Fecha del Boletín 
23-11-2015

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151123-186

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE OVIEDO NÚMERO 3

186
Oviedo número 3. Ejecución 139 de 2015

EDICTO

Doña María José Cordero Escalonilla, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Oviedo.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 139 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Lidia Medina Morales, contra “Chester’s Prestige, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva la siguiente:

Parte dispositiva:

Acuerdo:

a) Declarar a la ejecutada “Chester’s Prestige, Sociedad Limitada”, con cédula de identificación fiscal número B-33478462, en situación de insolvencia total por importe de 13.292,23 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente y sin perjuicio de reaperturar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.

c) Procédase a su inscripción en el registro correspondiente.

Notifíquese a las partes.

Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente (artículo 188 de la Ley de Jurisdicción Social). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta número 3360/0000/31/0139/15 en el “Banco Santander”, debiendo indicar en el campo “Concepto”, la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión de resoluciones secretario judicial”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión de resoluciones secretario judicial”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta, deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Chester’s Prestige, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Oviedo, a 26 de octubre de 2015.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/31.802/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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