Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 279

Fecha del Boletín 
24-11-2015

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151124-38

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PARLA

PERSONAL

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Parla. Personal. Modificación acuerdo permisos-vacaciones-licencias

La Junta de Gobierno Local, con fecha 1 de octubre de 2015, ha aprobado la siguiente:

MODIFICACIÓN ACUERDO PERMISOS-VACACIONES-LICENCIAS Y MEDIDAS CONCILIACIÓN PERSONAL AYUNTAMIENTO

La Mesa General de Negociación del Ayuntamiento de Parla, reunida el día 24 de septiembre de 2015, ha alcanzado los siguientes acuerdos:

1. Ampliación de los días de asuntos particulares.—Se modifica el apartado k) del punto primero, “Permisos genéricos”, de la sección 1.a, “Permisos del acuerdo de la Mesa General del Ayuntamiento de Parla en materia de permisos, vacaciones, licencias y medidas de conciliación”, aprobado por Junta de Gobierno Local el 7 de marzo de 2013, quedando redactado de la siguiente forma:

“k) Por asuntos particulares, seis días.

Asimismo, los empleados públicos tendrán derecho a disfrutar de dos días adicionales de permiso por asuntos particulares desde el día siguiente al del cumplimiento del sexto trienio, incrementándose en un día adicional por cada trienio a partir del octavo.

Tales días no podrán acumularse, en ningún caso, a los períodos de vacaciones anuales. El personal podrá distribuir dichos días a su conveniencia, previa autorización de sus superiores y respetando siempre las necesidades del servicio. Cuando por estas razones no sea posible disfrutar del mencionado permiso antes de finalizar el mes de diciembre, podrá concederse hasta el 31 de enero siguiente.

Sin perjuicio de lo anterior, y siempre que las necesidades del servicio lo permitan, los días de permiso por asuntos particulares podrán acumularse a los días de vacaciones que se disfruten de forma independiente.

La solicitud habrá de realizarse con setenta y dos horas de antelación y será concedida si no causa perturbación en el servicio. Se solicitará ante el responsable del Departamento y la denegación se realizará de forma escrita y motivada para evitar arbitrariedades. La concesión o denegación se efectuará con veinticuatro horas de antelación al primer día solicitado excepto que la solicitud se realice en un plazo inferior.

Podrán fraccionarse los días establecidos en el presente artículo de forma que puedan disfrutarse cada uno de ellos en dos períodos de mínimo tres horas cada uno”.

2. Ampliación de los días de vacaciones por antigüedad.—Se modifica el apartado 1 del punto quinto, “Duración”, de la sección 2.a, “Vacaciones”; del acuerdo de la Mesa General del Ayuntamiento de Parla en materia de permisos, vacaciones, licencias y medidas de conciliación aprobado por Junta de Gobierno Local el 7 de marzo de 2013, quedando redactado de la siguiente forma:

“1. Cada año natural las vacaciones retribuidas tendrán una duración de veintidós días hábiles anuales por año completo de servicios, o de los días que correspondan proporcionalmente si el tiempo de servicio durante el año fue menor. A estos efectos los sábados se considerarán inhábiles, sin perjuicio de las adaptaciones que se establezcan para los horarios especiales.

En el supuesto de haber completado los años de antigüedad en la Administración que se indican, se tendrá derecho al disfrute de los siguientes días adicionales de vacaciones anuales:

— Quince años de servicio: veintitrés días hábiles.

— Veinte años de servicio: veinticuatro días hábiles.

— Veinticinco años de servicio: veinticinco días hábiles.

— Treinta o más años de servicio: veintiséis días hábiles.

Dichos días se podrán disfrutar desde el día siguiente al de cumplimiento de los correspondientes años de servicio”.

3. Fijación de un plazo extraordinario de disfrute para los días adicionales objeto del presente acuerdo.—Ampliar por razones organizativas y de manera excepcional hasta el día 31 de marzo de 2016 el plazo máximo de disfrute establecido de:

— Uno de los días de permiso por asuntos particulares correspondientes al ejercicio 2015.

— Todos los días de asuntos particulares adicionales reconocidos por antigüedad correspondientes al ejercicio 2015.

— Todos los días de vacaciones adicionales reconocidos por antigüedad correspondientes a 2015.

Asimismo, y de manera excepcional, los días adicionales de vacaciones por antigüedad correspondientes al año 2015 se podrán disfrutar de manera independiente, en los términos establecidos en el segundo párrafo del apartado 2 del punto sexto de la sección 2.a, “Vacaciones”, del acuerdo de la Mesa General del Ayuntamiento de Parla en materia de permisos, vacaciones, licencias y medidas de conciliación aprobado por Junta de Gobierno Local el 7 de marzo de 2013.

4. Modificación de los calendarios laborales correspondientes al ejercicio 2015.—Modificar los acuerdos de Junta de Gobierno Local de fecha 16 de febrero y de 9 de abril de 2015, por el que se aprueban los calendarios laborales de las diferentes Áreas del Ayuntamiento de Parla para el año 2015, en el sentido de establecer en 1.642 el cómputo de horas anuales equivalentes a la jornada general de treinta y siete horas y media semanales de promedio en cómputo anual.

Parla, 2015.—El alcalde-presidente del Ayuntamiento de Parla, Luis Martínez Hervás.

(03/32.908/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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