Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 279

Fecha del Boletín 
24-11-2015

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151124-54

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE NAVALCARNERO NÚMERO 4

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Navalcarnero número 4. Juicio verbal 632 de 2012

EDICTO

En virtud de lo acordado en los autos de juicio verbal número 632 de 2012, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a don Óscar Bonacasa Arroyo, a fin de que, en su caso, presente recurso de apelación en el plazo de veinte días, bajo apercibimiento de declarar la firmeza de la siguiente resolución:

Sentencia número 79 de 2013

En Navalcarnero, a 13 de mayo de 2013.

Vistos por doña Ana García González, magistrada-juez de este Juzgado, los autos del juicio verbal número 632 de 2010, seguidos a instancias de doña Rosa María Agudo Moya, como parte demandante, representada por la procuradora de los Tribunales doña Regina Morata Cazorla y asistida por la letrada doña María Blanco Pérez Fernández, contra don Óscar Bonacasa Arroyo, declarado en situación de rebeldía procesal, se procede

Fallo

Que debo estimar y estimo la demanda formulada por la procuradora de los Tribunales señora Morata Cazorla, en nombre y representación de doña Rosa María Agudo Moya, contra don Óscar Bonacasa Arroyo y, en consecuencia:

1. Condenar al demandado al pago en concepto de principal de la cantidad de 5.047,57 euros.

2. Condenar al demandado al abono del interés legal del dinero que devengue dicha cantidad desde la fecha de interposición de la demanda.

3. Condenar al demandado al abono de las costas causadas en la instancia.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en el término de veinte días, a contar desde el día siguiente de su notificación para la Audiencia Provincial de Madrid.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia por la juez que la suscribe.—Doy fe.

Y para que se publique en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, libro el presente edicto en Navalcarnero, a 17 de junio de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(02/5.609/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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