Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 279

Fecha del Boletín 
24-11-2015

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151124-166

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE BILBAO NÚMERO 10

166
Bilbao número 10. Despidos 520 de 2015

EDICTO

Doña Fátima Elorza Arizmendi, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 10 de Bilbao.

Hago saber: Que en los autos de despidos número 520 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de don Fernando Rueda Izaguirre, contra “Barclays Bank, Sociedad Anónima Unipersonal”, don Rafael Boloix Krauel, “Caixabank, Sociedad Anónima”, don Guillermo Cicerol Roca, doña María Antonia Coll López, don Antonio Díaz Maroto, Fondo de Garantía Salarial, don Juan Martínez Sánchez, don José Ranera González, doña Ana María Toribio Jaén y don Jordi Vilarrasa Penas, sobre despido, se ha dictado la siguiente

Providencia

Magistrado-juez de lo social don Fernando Breñosa Álvarez de Miranda.—En Bilbao (Bizkaia), a 5 de noviembre de 2015.

Dada cuenta; se acuerda modificar la fecha del señalamiento de acto de conciliación y, en su caso, juicio realizado por la letrada de la Administración de Justicia por necesidades de servicio.

Se señala para que tengan lugar dichos actos el día 21 de diciembre de 2015, a las nueve y treinta horas, la conciliación en la Sala de usos múltiples de este Juzgado, y a las diez horas, el juicio en la Sala de vistas número 12, calle Barroeta Aldamar, número 10, primera planta.

Se suspende la vista señalada para el día 26 de noviembre de 2015.

Notifíquese esta resolución.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición ante el magistrado-juez, a presentar en la oficina judicial dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, con expresión de la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente (artículos 186.2 y 187.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículo 186.3 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 25 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que este Juzgado tiene abierta en el “Banco Santander”, consignación que deberá ser acreditada al interponer el recurso (disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los sindicatos, quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita, quienes tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de todos ellos.

Lo acuerda y firma su señoría.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo cuando se trate de auto o sentencia o decreto, que ponga fin al proceso o resuelva incidentes, o emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación y citación a “Barclays Bank, Sociedad Anónima Unipersonal”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Bilbao (Bizkaia), a 5 de noviembre de 2015.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/33.140/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151124-166