Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 282

Fecha del Boletín 
27-11-2015

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151127-110

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 39

110
Madrid número 39. Procedimiento ordinario 235 de 2010

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio ordinario número 235 de 2010, entre don Francisco José Cogno Moreno, doña Vilma Eva Brioso Malpica, “Residencia de Mayores Aguamarina, Sociedad Limitada”, don Jorge Luis Sevillano Zamudio y doña Isabel Violeta Ortega Briosos, en cuyos autos se ha dictado resolución cuyo encabezamiento y fallo son los siguientes:

Sentencia número 190 de 2015

En Madrid, a 11 de septiembre de 2015.—Vistos por doña Lourdes Menéndez González-Palenzuela, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 39 de esta ciudad, los autos de juicio ordinario número 235 de 2010, seguidos a instancias de don Francisco José Cogno Moreno, quien actúa con la representación y defensa citadas en el encabezamiento de esta resolución, contra doña Isabel Violeta Ortega Brioso, don Jorge Luis Sevillano Zamudio, “Residencia de Mayores Aguamarina, Sociedad Limitada”, y doña Vilma Eva Brioso Malpica, declarados en rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad.

Fallo

1. Estimo íntegramente la demanda presentada por don Francisco José Cogno Moreno, contra doña Isabel Violeta Ortega Brioso, don Jorge Luis Sevillano Zamudio, “Residencia de Mayores Aguamarina, Sociedad Limitada”, y doña Vilma Eva Brioso Malpica, a quienes condeno solidariamente a pagar al actor la suma de 183.520 euros.

2. Los demandados abonarán, asimismo, los intereses en la forma establecida en el fundamento de derecho segundo de la presente resolución.

3. Condeno a los demandados al pago de las costas del pleito.

Notifíquese la presente resolución a las partes en forma legal, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, que se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente a la notificación. Para la presentación de dicho recurso es necesaria la constitución de depósito en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” del Juzgado (cuenta número 2533), de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial y por el importe previsto en tal norma, lo que deberá ser acreditado a la interposición del recurso.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Extendida y firmada esta sentencia por la magistrada-juez que la ha dictado se notifica y archiva en la oficina judicial, dándole publicidad en la forma permitida u ordenada por la Constitución y las Leyes.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación a doña Vilma Eva Brioso Malpica expido y firmo la presente en Madrid, a 11 de septiembre de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(02/5.724/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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