Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 285

Fecha del Boletín 
01-12-2015

Sección 1.3.55.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151201-9

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ADMINISTRACIÓN LOCAL Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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RESOLUCIÓN de 6 de noviembre de 2015, del Director General de Agricultura y Ganadería, anunciando la exposición de las Bases Definitivas de Concentración Parcelaria de la zona regable de “La Poveda”, del término municipal de Fuentidueña de Tajo (Madrid).

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero

El artículo 3.4 del Decreto 20/1992 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 94, de 21 de abril de 1992), por el que se declara de interés general de la Comunidad de Madrid la transformación económica y social de la comarca de Las Vegas, dispone que la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, conforme al artículo 129 de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario, determinaría por Orden los perímetros de las zonas a concentrar.

Segundo

Por Orden 780/2014, de 28 de abril, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 126, de 29 de mayo de 2014), se determinó el perímetro de la concentración parcelaria de “La Poveda”, del término municipal de Fuentidueña de Tajo (Madrid), y se facultó al Director General del Medio Ambiente para dictar las resoluciones y adoptar las medidas necesarias para su cumplimiento.

Tercero

Por Resolución de 23 de junio de 2014, del Director General del Medio Ambiente (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 177, de 28 de julio de 2014), se iniciaron los trabajos de investigación de la propiedad.

Cuarto

La Comisión Local de Concentración Parcelaria se constituyó el 16 de febrero de 2015, aprobando ese mismo día con carácter provisional las Bases Provisionales, con el fin de someterlas a encuesta pública.

Quinto

Por Resolución de 19 de febrero de 2015 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 60, de 12 de marzo de 2015) del Director General del Medio Ambiente, las Bases Provisionales fueron sometidas a encuesta pública desde el 13 de marzo de 2015 al 20 de abril de 2015.

Sexto

El 30 de octubre de 2015, reunida la Comisión Local, esta acordó por unanimidad de todos sus componentes proponer la aprobación de las Bases Definitivas al Director General de Agricultura y Ganadería, de conformidad con el artículo 184 de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario.

Séptimo

Con fecha 2 de noviembre de 2015, el Subdirector General de Política Agraria y Desarrollo Rural propone someter a encuesta pública las Bases Definitivas de Concentración Parcelaria de la zona regable de “La Poveda”, del término municipal de Fuentidueña de Tajo (Madrid),

A estos antecedentes de hecho se les aplican los siguientes,

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Único

El artículo 184 de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario, de 12 de enero de 1973, dispone que, finalizada la encuesta de las Bases Provisionales, y con vista al resultado de la misma, la Comisión Local someterá a la aprobación del Director General de Agricultura y Ganadería las Bases Definitivas.

Vistas las disposiciones citadas y demás concordantes, y de general aplicación, el Director General de Agricultura y Ganadería, en uso de las atribuciones que le otorga el Decreto 25/2015, de 26 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 150, de 26 de junio de 2015), el Decreto 72/2015, de 7 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 160, de 8 de julio de 2015), y el Decreto 194/2015, de 4 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 185, de 6 de agosto de 2015), en base a las competencias atribuidas por los Decretos 25/2015, de 26 de junio, Decreto 72/2015, de 7 de julio, y el Decreto 194/2015, de 4 de agosto,

RESUELVE

Someter a encuesta pública las Bases Definitivas de Concentración Parcelaria de la zona regable de “La Poveda” del término municipal de Fuentidueña de Tajo (Madrid), a los efectos previstos en la vigente legislación, en el siguiente sentido:

“Se hace público para conocimiento de los interesados en las operaciones de Concentración Parcelaria de la zona regable de “La Poveda”, del Término Municipal de Fuentidueña de Tajo (Madrid), que las Bases Definitivas de Concentración Parcelaria estarán expuestas al público en el Ayuntamiento de Fuentidueña de Tajo (plaza de la Caserna, número 3, 28597 Fuentidueña de Tajo) y en el Área de Desarrollo Rural de la Dirección General del Medio Ambiente (calle Alcalá, número 16, 28014 Madrid), durante el plazo de treinta días, a contar del siguiente al de la inserción de este aviso en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Los documentos que los interesados pueden examinar en los locales citados son los siguientes:

a) Perímetro de la zona a concentrar, con la relación de parcelas cuya exclusión se propone.

b) Clasificación de tierras y fijación previa y, con carácter general, de los respectivos coeficientes que hayan de servir de bases para llevar a cabo compensaciones, cuando resulten necesarias.

c) Declaración de dominio de las parcelas a favor de quienes las posean en concepto de dueño, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 193, y determinación de la superficie perteneciente a cada uno y de la clasificación que corresponde a dicha parcela.

d) Relación de gravámenes y otras situaciones jurídicas que hayan quedado determinadas en el período de investigación.”

Esta Resolución no pone fin a la vía administrativa y contra las Bases Definitivas podrá interponerse recurso de alzada ante el excelentísimo señor Consejero de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, dentro del plazo de treinta días, antes indicado, pudiendo presentarse preferiblemente, en la Dirección General de Agricultura y Ganadería sita en calle Alcalá, número 16, 28014 Madrid, o en cualquier otro de los Registros de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de los Ayuntamientos adheridos al Convenio de Ventanilla Única o en cualquier otra de las formas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Todo ello, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen oportuno.

Notifíquese en forma legal al interesado.

Madrid, 6 de noviembre de 2015.—El Director General de Agricultura y Ganadería, José Luis Sanz Vicente.

(03/34.155/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.55.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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