Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 285

Fecha del Boletín 
01-12-2015

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151201-98

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7

98
Madrid número 7. Ejecución 219 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Belén Gómez Rodríguez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 219 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Miguel Andrés Rodríguez Gillstrom, frente a Asociación Pro Huérfanos de la Guardia Civil, “Desarrollos Toronto, Sociedad Limitada”, “Diana Gestión Hotelera, Sociedad Anónima”, y “Siglo XXI de Barajas, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Se aprueba la liquidación de intereses procesales por importe de 97,08 euros y de intereses legales por importe de 628,93 euros a cuyo pago resulta condenada la parte demandada en las presentes actuaciones.

Póngase a disposición las cantidades resultantes de la liquidación de intereses, librándose al efectos los oportunos mandamientos.

Cítese a fin de que comparezca don Miguel Andrés Rodríguez Gillstrom en este órgano judicial (personalmente o persona con poder), de lunes a viernes, de nueve a catorce horas, en el plazo de diez días, al objeto de proceder a la entrega de dicho mandamiento, bajo apercibimiento, conforme al Real Decreto 647/2006, de 21 de abril, de que caduca a los tres meses contados desde el día siguiente a la fecha de emisión, así como que transcurrido un año desde la misma sin hacer efectivo el mandamiento o sin comparecer a recogerlo, se procederá a transferir dicha cantidad a la “Cuenta de fondos provisionalmente abandonados”.

Devuélvase a la ejecutada la cantidad de 497,22 euros en concepto de sobrante, librándose al efecto el correspondiente mandamiento de pago.

Cítese a fin de que comparezca Asociación Pro Huérfanos de la Guardia Civil en este órgano judicial (personalmente o persona con poder), de lunes a viernes, de nueve a catorce horas, en el plazo de diez días, al objeto de proceder a la entrega de dicho sobrante, bajo apercibimiento, conforme al Real Decreto 647/2006, de 21 de abril, de que caduca a los tres meses contados desde el día siguiente a la fecha de emisión, así como que transcurrido un año desde la misma sin hacer efectivo el mandamiento o sin comparecer a recogerlo, se procederá a transferir dicha cantidad a la “Cuenta de fondos provisionalmente abandonados”.

Una vez firme la presente resolución, hágase entrega a los interesados de los mandamientos anteriormente señalados.

Archívense los presentes autos una vez entregados lo cobrados dichos importes.

Notifíquese la presente resolución a las partes, y verificado el cobro de cantidades procédase al archivo de las actuaciones.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2505/0000/64/0219/15.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Desarrollos Toronto, Sociedad Limitada”, “Diana Gestión Hotelera, Sociedad Anónima”, y “Siglo XXI de Barajas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de noviembre de 2015.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/32.801/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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