Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 285

Fecha del Boletín 
01-12-2015

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151201-145

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28

145
Madrid número 28. Ejecución 200 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Luis Espinosa Navarro, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 28 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 200 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Cristina Marbán Modrón, don Félix Ariel Núñez Pineda, don Joaquín Manuel Gómez García y doña María Cruz Carretero Gutiérrez, frente a “Innova Data Center, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 17 de septiembre de 2015.

Parte dispositiva:

Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante doña Cristina Marbán Modrón, don Joaquín Manuel Gómez García, doña María Cruz Carretero Gutiérrez y don Félix Ariel Núñez Pineda, frente a la demandada “Innova Data Center, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 19.964,52 euros, más 1.996,45 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación. De la cantidad de 19.964,52 euros de principal le corresponden a doña Cristina Marbán Modrón 5.700,06 euros (5.181,88 euros, más 518,18 euros de interés por mora), a don Joaquín Manuel Gómez García 5.700,06 euros (5.181,88 euros, más 518,18 euros de interés por mora), a doña María Cruz Carretero Gutiérrez 2.697,86 euros (2.452,60 euros, más 245,26 euros de interés por mora) y a don Félix Ariel Núñez Pineda 5.866,54 euros (5.333,22 euros, más 533,32 euros de interés por mora).

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número 2526/0000/64/0200/15.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social don Luis Martín de Nicolás Muñoz.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Innova Data Center, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 29 de octubre de 2015.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/32.795/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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