Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 286

Fecha del Boletín 
02-12-2015

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151202-185

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE CASTELLÓN NÚMERO 1

185
Castellón número 1. Autos 292 de 2014

EDICTO

Don José Manuel Sos Sebastiá, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Castellón.

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen los autos número 292 de 2014, a instancias de don Agustín Pérez Ortal, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Navaobras Construcciones y Montajes Industriales, Sociedad Limitada”, “Moncobra, Sociedad Anónima”, y “Fremap, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 61”, en los que el día 21 de septiembre de 2015 se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don Agustín Pérez Ortal, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, la empresa “Navaobras Construcciones y Montajes Industriales, Sociedad Limitada”, y contra la mutua “Fremap”, declaro que el mismo se encuentra afecto de incapacidad permanente en grado de absoluta, derivada de accidente de trabajo, con derecho a percibir por el actor una pensión mensual equivalente al 100 por 100 de su base reguladora mensual de 1.332,02 euros con las revalorizaciones legales que procedan y efectos económicos desde el día 11 de noviembre de 2013, de cuyo abono es responsable “Fremap” y el Instituto Nacional de la Seguridad Social, en caso de insolvencia de la mutua, con absolución de la empresa de los pedimentos deducidos en su contra.

Notifíquese a las partes la presente resolución, con advertencia de que no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, que deberá anunciarse dentro de los cinco días siguientes a esta notificación, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o representante al hacerle la notificación de su propósito de entablar tal recurso, o por comparecencia o por escrito, también de cualquiera de ellos, ante este Juzgado de lo social.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Publíquese.

Y para que conste y sirva de notificación a “Navaobras Construcciones y Montajes Industriales, Sociedad Limitada”, que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Castellón, a 6 de noviembre de 2015.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/33.045/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151202-185