Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 288

Fecha del Boletín 
04-12-2015

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151204-64

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 40

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Madrid número 40. Juicio verbal 1.047 de 2012

EDICTO

Doña María del Rosario Martínez García, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 40 de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado de primera instancia número 40, sito en la calle Capitán Haya, número 66, quinta planta, se siguen los autos del juicio verbal número 1.047 de 2012, sobre otras materias, a instancias del Consorcio de Compensación de Seguros y “Mutua Madrileña”, con procurador don Jorge Deleito García, contra don Vicente José Iniesta Rodríguez, “Mapfre Familiar, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima”, y “Allianz Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima”, con procuradores don Amancio Amaro Vicente y don Francisco Javier Rodríguez Tadey.

Se indica que el responsable del cumplimiento del presente edicto es el Consorcio de Compensación de Seguros.

Dictándose la siguiente sentencia en los referidos autos.

Sentencia número 211

En Madrid, a 31 de octubre de 2013.—El ilustrísimo señor don Juan José Escalonilla Morales, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 40 de Madrid, habiendo visto el presente procedimiento de juicio verbal tramitado en este Juzgado con el número de autos 1.047 de 2012, entre partes: de una, y como demandante, Consorcio de Compensación de Seguros, representado y asistido por el abogado del Estado, y de otra, y como demandados, “Mapfre Familiar, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima”, representada en juicio por el procurador de los tribunales don Amancio Amaro Vicente y asistida por la letrada doña María Socorro Fernández Manjavacas; “Allianz Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima”, representada en juicio por el procurador de los tribunales don Francisco Javier Rodríguez Tadey y asistida por la letrada doña María de la Soledad López Rodríguez, y don Vicente José Iniesta Rodríguez, en situación procesal de rebeldía, habiéndose acumulado al presente procedimiento el juicio verbal tramitado ante este mismo órgano judicial con el número de autos 1.623 de 2012, entre partes: de una, y como demandante, “Mutua Madrileña Automovilista, Sociedad de Seguros a Prima Fija”, representada en juicio por el procurador de los tribunales don Jorge Deleito García y asistida por el letrado don Álvaro Vicente Vila, y como demandados “Consorcio de Compensación de Seguros, “Mutua Madrileña”, “Mapfre Familiar, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima”, y “Allianz Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima”, todos ellos representados y asistidos en los términos antes expuestos, y don Vicente José Iniesta Rodríguez, en situación procesal de rebeldía.

Fallo

Que estimando pertinente la demanda interpuesta por Consorcio de Compensación de Seguros, representado y asistido por el abogado del Estado, contra “Mapfre Familiar, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima”, representada en juicio por el procurador de los tribunales don Amancio Amaro Vicente, y “Allianz Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima”, representada en juicio por el procurador de los tribunales don Francisco Javier Rodríguez Tadey, debo condenar y condeno solidariamente a dichas demandadas a pagar al actor la cantidad de 5.897,31 euros, junto con los intereses legales, incrementados en un 25 por 100, devengados por dicha suma desde el día 22 de noviembre de 2011, con expresa imposición a dichas demandadas de las costas causadas.

Que desestimando la demanda interpuesta por Consorcio de Compensación de Seguros, representado y asistido por el abogado del Estado, contra don Vicente José Iniesta Rodríguez, debo absolver y absuelvo a dicho demandado de cuantas pretensiones formuladas en su contra, sin realizar expresa condena en las costas causadas.

Que estimando pertinente la demanda interpuesta por “Mutua Madrileña Automovilista, Sociedad de Seguros a Prima Fija”, representada en juicio por el procurador de los tribunales don Jorge Deleito García, contra “Mapfre Familiar, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima”, representada en juicio por el procurador de los tribunales don Amancio Amaro Vicente; “Allianz Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima”, representada en juicio por el procurador de los tribunales don Francisco Javier Rodríguez Tadey, y don Vicente José Iniesta Rodríguez, debo condenar y condeno solidariamente a dichos demandados a pagar a la actora la cantidad de 5.892 euros, junto con los intereses legales devengados por dicha suma desde la fecha de presentación de la demanda, con expresa imposición a dichos demandados de las costas causadas.

Que desestimando la demanda interpuesta por “Mutua Madrileña Automovilista, Sociedad de Seguros a Prima Fija”, representada en juicio por el procurador de los tribunales don Jorge Deleito García, contra Consorcio de Compensación de Seguros, representado y asistido por el abogado del Estado, debo absolver y absuelvo a dicho demandado de cuantas pretensiones formuladas en su contra, sin realizar expresa condena en las costas causadas.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en este Juzgado para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de veinte días a partir de su notificación.

Llévese testimonio de la presente resolución al procedimiento de referencia.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que tenga efecto la notificación de la sentencia al demandado en autos don Vicente José Iniesta Rodríguez y para su inserción el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, se extiende la presente en Madrid, a 9 de julio de 2014.—La secretaria (firmado).

(02/1.937/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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