Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 288

Fecha del Boletín 
04-12-2015

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151204-115

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17

115
Madrid número 17. Procedimiento 1.330 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Paloma Muñiz Carrión, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 17 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.330 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don El Houssi Redouani, frente a don Luis de Valle Corredor (administrador concursal), y “Viveros Aimara Peninsular, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Que estimando la demanda formulada por don El Houssi Redouani, contra “Viveros Aimara Peninsular, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedente el despido del demandante, condenando a la empresa demandada a que le indemnice en 31.523,14 euros, declarando extinguida en esta fecha la relación laboral. Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad del Fondo de Garantía Salarial dentro de los límites legales.

Y debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar al demandante 2.876,84 euros, más el 10 por 100 en concepto de interés por mora.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y frente a ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado o representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado.

Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 300 euros en concepto de depósito.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Viveros Aimara Peninsular, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de noviembre de 2015.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/33.435/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151204-115