Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 293

Fecha del Boletín 
10-12-2015

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151210-41

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VALDEMORILLO

RÉGIMEN ECONÓMICO

41
Valdemorillo. Régimen económico. Modificación de créditos

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y conforme al artículo 169.3 del citado texto legal, se hace público que, habiéndose presentado alegaciones durante el período de información pública del acuerdo Plenario, de 17 de septiembre de 2015, de aprobación inicial del expediente de modificación de créditos número 4/2015 (anuncio de aprobación inicial publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 257, de 29 de octubre de 2015), el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión de 4 de diciembre de 2015, ha acordado la resolución de dichas alegaciones o reclamaciones en los términos de referencia en su expediente, así como en la misma sesión Plenaria ha acordado la aprobación definitiva del citado expediente de modificación de créditos, cuyo resumen se expresa a continuación:

Programa de gastos del presupuesto 2015 vigente que se modifica.





Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 177.2, en relación al artículo 171.1, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, así como en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

La alcaldesa, Gema González Fernández.

(03/35.819/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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