Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 299

Fecha del Boletín 
17-12-2015

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151217-149

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11

149
Madrid número 11. Ejecución 311 de 2010

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Encarnación Gutiérrez Guío, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 311 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ignacio Ansaldo Adriaensens y don Joaquín Silvela Rufilanchas, frente a “Aymerich Golf Management, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la resolución siguiente:

Auto

En Madrid, a 5 de noviembre de 2015.

Parte dispositiva:

Desestimar el recurso de reposición interpuesto por el “Banco de Sabadell, Sociedad Anónima”, contra el auto de fecha 14 de julio de 2015, debiendo quedar la citada resolución confirmada en todos sus extremos, procediendo, asimismo, desestimar la solicitud sobre suspensión de lo acordado en la resolución impugnada.

Notifíquese la presente resolución a las partes en el presente procedimiento y al “Banco de Sabadell, Sociedad Anónima”.

Notifíquese este auto a las partes.

Modo de impugnación: cabe interponer recurso de suplicación que deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a su notificación, para lo que bastará la mera manifestación de la parte, de su abogado o de su representante al hacerle la notificación por comparecencia o por escrito de cualquiera de ellos. Siendo requisito necesario que en dicho plazo se nombre al letrado que ha de interponerlo. Igualmente, será requisito necesario que el recurrente que no gozare del beneficio de justicia gratuita presente en la Secretaría de este Juzgado al tiempo de interponer el recurso, el resguardo acreditativo de haber depositado 300 euros en la cuenta corriente número 2509/0000/64/0311/10 que este Juzgado tiene abierta en el “Banco Santander”.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña Ana Victoria Jiménez Jiménez.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social. Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Aymerich Golf Management, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 13 de noviembre de 2015.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/34.824/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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