Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 299

Fecha del Boletín 
17-12-2015

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151217-200

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

200
Madrid número 21. Ejecución 252 de 2015-M

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Silvia Valdés González, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 252 de 2015-M de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Sergio de Luz Gámez, frente al Fondo de Garantía Salarial, “Sentinel World SFC, Sociedad Limitada”, y “Unika Organización de Servicios Globales, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado en el día de la fecha resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Acuerdo despachar orden general de ejecución de la sentencia de fecha 21 de septiembre de 2015 a favor del ejecutante don Sergio de Luz Gámez, frente a “Sentinel World SFC, Sociedad Limitada”, y “Unika Organización de Servicios Globales, Sociedad Limitada”.

El anterior escrito únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta en la sentencia de fecha 21 de septiembre de 2015 a las empresas “Sentinel World SFC, Sociedad Limitada”, y “Unika Organización de Servicios Globales, Sociedad Limitada”, en favor del demandante don Sergio de Luz Gámez y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en la calle Princesa, número 3, planta quinta, el día 20 de enero de 2016, a las nueve y cinco horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteseles en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada) se le tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado) el acto se celebrará sin su presencia.

Obténgase de la aplicación informática disponible en este Juzgado, y únase a los autos a los efectos oportunos, la consulta de situación laboral relativa al ejecutante don Sergio de Luz Gámez.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Sentinel World SFC, Sociedad Limitada”, y “Unika Organización de Servicios Globales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 25 de noviembre de 2015.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/35.696/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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