Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 299

Fecha del Boletín 
17-12-2015

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151217-37

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

LICENCIAS

Pleno del Ayuntamiento

Secretaría General

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Madrid. Licencias. Pleno del Ayuntamiento. Inversiones Doalca, S. L.

Acuerdo del Pleno de 30 de septiembre de 2015, por el que se aprueba definitivamente, una vez transcurrido el plazo de información pública sin que se hayan formulado alegaciones, el Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental de Usos para la implantación de la actividad de uso terciario comercial en las plantas sótano, baja y primera del edificio situado en la calle Montera, números 10-12, promovido por “Inversiones Doalca, Sociedad Limitada”, Distrito de Centro.

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de septiembre de 2015, adoptó el siguiente acuerdo:

“1.o Aprobar definitivamente, una vez transcurrido el plazo de información pública sin que se hayan formulado alegaciones, el Plan Especial de Control Urbanístico-Ambiental de Usos para implantación de la actividad de uso terciario comercial en las plantas baja, sótano y primera, del edificio situado en la calle de Montera números 10-12, promovido por “Inversiones Doalca, Sociedad Limitada”, de conformidad con lo previsto en los artículos 61.4 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y 11.1.j) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid.

2.o Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID”.

Lo que se publica para general conocimiento, en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, significando que ha sido remitido con fecha 26 de octubre de 2015 un ejemplar del Plan de Ordenación Urbana aprobado al Registro Administrativo de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, en aplicación de lo previsto en el artículo 65 de la citada ley 9/2001.

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente para la defensa de sus derechos (artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

Madrid, a 2 de noviembre de 2015.—El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

(02/5.815/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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