Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 300

Fecha del Boletín 
18-12-2015

Sección 1.2.35.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151218-2

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

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RESOLUCIÓN de 3 de diciembre de 2015, de la Dirección General de Función Pública, por la que, en ejecución de sentencia firme, se procede a la admisión de doña Paloma Rodríguez García en el proceso extraordinario de consolidación de empleo para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Auxiliar de Obras y Servicios (Grupo V, Nivel 1, Área C), y se convoca a la interesada para la realización del ejercicio de la fase de oposición del citado proceso selectivo.

Mediante Orden de 23 de marzo de 2009, de la entonces Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 3 de abril), se convocó el proceso extraordinario de consolidación de empleo para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Auxiliar de Obras y Servicios (Grupo V, Nivel 1, Área C).

Por Resolución de 19 de noviembre de 2013, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 25 de noviembre), se aprobaron las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos en el proceso señalado, se publicó la de excluidos y se anunció la celebración del ejercicio correspondiente a la fase de oposición, figurando doña Paloma Rodríguez García, con DNI número 50841515-S, entre los aspirantes excluidos de dicho proceso, Resolución esta impugnada por la interesada mediante el correspondiente recurso de alzada, que fue desestimado por Resolución de 25 de febrero de 2014, de la Viceconsejera de Justicia y Administraciones Públicas.

Posteriormente, con fecha 3 de diciembre de 2014, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 20 de Madrid, dicta sentencia en el procedimiento abreviado número 196/2014, seguido a instancia de doña Paloma Rodríguez García, cuyo fallo estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la misma, ordenando anular ambas Resoluciones en lo relativo a la exclusión de la demandante en el mencionado proceso y declarando su derecho a ser admitida en dichas pruebas selectivas, extremos todos ellos que adquieren firmeza al ser confirmados mediante sentencia de 29 de septiembre de 2015, del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Séptima, que desestima el recurso de apelación con número de autos 235/2015, interpuesto por la representación legal de la Comunidad de Madrid.

En virtud de cuanto antecede, habiéndose dictado Resolución de este centro directivo de 6 de noviembre de 2015, ordenando el exacto cumplimiento de la ya señalada sentencia firme de 3 de diciembre de 2014, y una vez practicadas las actuaciones y trámites necesarios con objeto de iniciar la ejecución del pronunciamiento judicial recaído, esta Dirección General, en el ejercicio de las competencias que tiene legalmente atribuidas,

RESUELVE

Primero

Anular las citadas Resoluciones de 19 de noviembre de 2013 y de 25 de febrero de 2014, dictadas por la Dirección General de Función Pública y por la Viceconsejera de Justicia y Administraciones Públicas, respectivamente, en lo referente a la exclusión de doña Paloma Rodríguez García, con DNI número 50841515-S, del proceso extraordinario de consolidación de empleo para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Auxiliar de Obras y Servicios (Grupo V, Nivel 1, Área C), convocado por la ya reseñada Orden de 23 de marzo de 2009.

Segundo

Proceder a la admisión, por el turno libre, de doña Paloma Rodríguez García al proceso de referencia, quedando en consecuencia convocada, a propuesta del Tribunal Calificador de las citadas pruebas selectivas, para la realización del ejercicio correspondiente a la fase de oposición, que tendrá lugar, en llamamiento único, el día 11 de enero de 2016, a las diecisiete horas, en la sede de la Unidad de Formación de la Dirección General de Función Pública, sita en el paseo de Eduardo Dato, número 2 duplicado (28010 Madrid).

La no comparecencia de la aspirante en el lugar y fecha señalados determinará su exclusión del proceso, salvo en los casos alegados y justificados con anterioridad a la realización del ejercicio y en los de fuerza mayor acaecidos el mismo día de la celebración, debiendo el Tribunal adoptar Resolución motivada a tal efecto.

Tercero

La aspirante habrá de presentar, inexcusablemente, el original de su documento nacional de identidad, carné de conducir o pasaporte, únicos documentos válidos para acreditar su identidad. Asimismo, habrá de ir provista de bolígrafo azul o negro.

No se le permitirá el acceso a examen de no presentar alguno de los anteriores documentos originales, salvo en caso de concurrir provista de un documento oficial que acredite su sustracción o pérdida. En este supuesto, la corrección del ejercicio realizado por la aspirante quedará supeditada a la posterior comprobación de su identidad por parte del Tribunal Calificador.

Dado en Madrid, a 3 de diciembre de 2015.—El Director General de Función Pública, Antonio López Porto.

(03/36.384/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.35.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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