Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 300

Fecha del Boletín 
18-12-2015

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151218-146

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

146
Móstoles número 1. Ejecución 263 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Victoria Esteban Delgado, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento número 263 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Agustín Zamorano Regidor, don Fernando Piris Padero, don Francisco Úbeda Linares, don Jesús Fernández Porras, doña María del Carmen Piñeiro Franco, don Vicente Pareja Muñoz y don Valentín Caballero Manzanedo, frente a “Cramsa Industrial, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se han dictado las siguientes resoluciones de fechas 4 de septiembre y 12 de noviembre de 2015:

Despachar orden general de ejecución del acta de conciliación a favor de la parte ejecutante don Vicente Pareja Muñoz, don Valentín Caballero Manzanedo, doña María del Carmen Piñeiro Franco, don Jesús Fernández Porras, don Francisco Úbeda Linares, don Fernando Piris Padero y don Agustín Zamorano Regidor, frente a la demandada “Cramsa Industrial, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 211.055,79 euros, que corresponden:

A don Vicente Pareja Muñoz: indemnización 16.984,84 euros salarios brutos 3.781,29 euros, total 20.766,13 euros.

A don Valentín Caballero Manzanedo: indemnización 32.629,20 euros salarios brutos 10.876,40 euros, total 43.505,60 euros.

A don Francisco Úbeda Linares: indemnización 28.532,04 euros salarios brutos 9.510,68 euros, total 38.042,72 euros.

A don Jesús Fernández Porras: indemnización 30.455,16 euros salarios brutos 12.689,65 euros, total 43.144,81 euros.

A don Fernando Piris Padero: indemnización 6.868,37 euros salarios brutos 7.840,60 euros, total 14.708,97 euros.

A don Agustín Zamorano Regidor: indemnización 22.021,44 euros salarios brutos 6.713,49 euros, total 28.734,93 euros.

A doña María del Carmen Piñeiro Franco: indemnización 14.510,63 euros salarios brutos 7.642,00 euros, total 22.152,63 euros.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número 2850/0000/64/0263/15.

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 211.055,79 euros de principal (desglosado según consta en auto despachando ejecución), más 30.000 euros calculados para intereses y costas, se declara la insolvencia provisional total de la ejecutada “Cramsa Industrial, Sociedad Limitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, IBAN ES55/0049/3569/92/0005001274, número 2850/0000/64/0263/15.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Cramsa Industrial, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 12 de noviembre de 2015.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/34.783/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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