Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 303

Fecha del Boletín 
22-12-2015

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151222-19

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible

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Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible. Plan Especial para transferencia de edificabilidad

Anuncio de aprobación definitiva del Plan Especial para la transferencia de edificabilidad entre Áreas de Desarrollo y Ordenación Específicas (DOE), en el ámbito del Área de Ordenación Especial AOE 00.07 “Ciudad Universitaria”.

Expediente: 711/2015/06151.

El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 30 de septiembre de 2015, adoptó el siguiente acuerdo:

«Primero.—Aprobar definitivamente, una vez transcurrido el plazo de información pública sin que se hayan formulado alegaciones el Plan Especial para la transferencia de edificabilidad entre Áreas de Desarrollo y Ordenación Específicas en el ámbito del Área de Ordenación Especial “Ciudad Universitaria”, promovido por don Efrén Arenas Liñán, en representación de la Fundación Jiménez Díaz, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 97/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 57 de la misma Ley.

Segundo.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento del artículo 66 del mismo texto legal.

Tercero.—Dar traslado a los interesados de este acuerdo, advirtiéndoles de los recursos que procedan, en virtud de lo establecido en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común».

Lo que se publica en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, con indicación de que se ha procedido al depósito del presente Plan de Ordenación Urbanística en la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.

Significando que este acuerdo pone fina la vía administrativa, pudiendo interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a esta publicación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1998, sin perjuicio de cualquier otro que estime pertinente.

Madrid, a 5 de noviembre de 2015.—El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

(02/5.699/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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