Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 303

Fecha del Boletín 
22-12-2015

Sección 4.135.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151222-73

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID NÚMERO 9

73
Madrid número 9. Procedimiento 132 de 2015

EDICTO

En el presente procedimiento de juicio verbal número 132 de 2015, seguido a instancias del abogado del Estado, en nombre de “Chronoexpress, Sociedad Anónima”, frente a “Licitec, Sociedad Limitada Laboral”, se ha dictado sentencia de fecha 13 de julio de 2015, cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:

Doña María Teresa Vázquez Pizarro, magistrada-juez del Juzgado de lo mercantil número 9 de Madrid, ha pronunciado la siguiente sentencia:

En Madrid, a 13 de julio de 2015.—Vistos los autos de juicio verbal número 132 de 2015, seguidos a instancias de “Chronoexpress, Sociedad Anónima”, asistida por el abogado del Estado, contra la entidad “Licitec, Sociedad Limitada Laboral”, declarada en situación de rebeldía procesal, sobre acción de transporte.

Fallo

Que, estimando la demanda presentada por el abogado del Estado, en representación de la entidad “Chronoexpress, Sociedad Anónima”, contra la entidad “Licitec, Sociedad Limitada Laboral”, declarada en situación de rebeldía procesal, debo condenar y condeno la demandada a que abone a la actora la cantidad de 2.607,26 euros, más los intereses correspondientes. Las costas se imponen a la parte demandada.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y para que sirva de notificación a “Licitec, Sociedad Limitada Laboral”, se expide el presente en Madrid, a 12 de noviembre de 2015.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/35.073/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.135.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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