Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 303

Fecha del Boletín 
22-12-2015

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151222-190

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE GRANADA NÚMERO 4

190
Granada número 4. Procedimiento 641 de 2015

EDICTO

Doña María Dolores Hernández Burgos, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 4 de Granada.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 641 de 2015, a instancias de la parte actora don José Vico Díaz, contra “Estudio Pereda 4, Sociedad Limitada”, “Nuceri Internacional, Sociedad Limitada”, “Nuceri Business, Sociedad Limitada”, “Ged Iberian Private Equity, Sociedad Anónima Unipersonal”, “Estudio Pereda 4, Filial Bucarest”, “Consulting de Proyectos y Obra Civil Promo, Sociedad Anónima”, “Parque de las Lenguas, Sociedad Anónima”, “Nuceri Global Engineering, Sociedad Limitada”, y “Estudio Pereda 4, Filial Perú y Marruecos”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado resolución, cuya parte literal es la siguiente:

Auto

En Granada, a 26 de noviembre de 2015.—Dada cuenta; y

Parte dispositiva:

En atención a los hechos y razonamientos expuestos, doña María de la Concepción Cañas Pedrosa, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 4 de Granada, acuerda declarar la nulidad de todas las actuaciones practicadas desde la citación para conciliación y juicio, acordándose nuevo señalamiento para el día 13 de enero de 2016, a las nueve y cincuenta horas, sirviendo la presente resolución de citación a las partes y emplazamiento del administrador concursal de “Estudio Pereda 4, Sociedad Limitada”, don Francisco J. Taillefer Ron.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de reposición, ante este órgano judicial, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción cometida en la resolución a juicio del recurrente, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Así por este auto lo acuerdo, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a las demandadas “Ged Iberian Private Equity, Sociedad Anónima Unipersonal”, y “Nuceri Global Engineering, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Granada, a 2 de diciembre de 2015.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/36.114/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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