Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 303

Fecha del Boletín 
22-12-2015

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151222-30

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BRUNETE

RÉGIMEN ECONÓMICO

30
Brunete. Régimen económico. Ordenanza fiscal construcciones, instalaciones y obras

Transcurrido el plazo de exposición pública del acuerdo provisional de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, sin que se hayan presentado reclamaciones, se entiende definitivamente aprobada, de conformidad con el artículo 17 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Contra la modificación de la ordenanza anexa, los interesados podrán interponer el correspondiente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos que establece la Ley Reguladora de dicha jurisdicción.

EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS

Vista la ordenanza fiscal reguladora del impuesto de construcciones, instalaciones y obras aprobada por el Pleno municipal de 9 de noviembre de 1989 y publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, se propone realizar la siguiente modificación:

Artículos que se modifican:

Artículo 7. En los siguientes términos:

Donde decía: “La cuota tributaria será el resultado de aplicar a la base imponible el tipo de gravamen, que queda fijado en el 4 por 100”.

Debe decir: “La cuota tributaria será el resultado de aplicar a la base imponible el tipo de gravamen, que queda fijado en el 4 por 100.

Gozaran de la bonificación del 95 por 100 en la cuota del impuesto:

a) Todas obras y construcciones solicitadas en el ámbito de actuación del PERI del Casco Antiguo de Regiones Devastadas”.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente ordenanza fiscal, cuya redacción del artículo modificado ha sido aprobada por el Pleno de la Corporación, entrará en vigor el mismo día de su publicación íntegra en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, siendo de aplicación a partir del día 1 de enero de 2016, y permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

Brunete, a 17 de diciembre de 2015.—El concejal-delegado de Hacienda, José Vicente La Cave Rupérez.

(03/37.022/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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