Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 304

Fecha del Boletín 
23-12-2015

Sección 1.3.65.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151223-12

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE SANIDAD

12
ORDEN 1256/2015, de 9 de diciembre, de la Consejería de Sanidad, por la que se corrigen errores materiales detectados en la Orden 988/2015, de 23 de octubre, de la Consejería de Sanidad, por la que se resuelve la convocatoria para el año 2014 de concesión de subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro de la Comunidad de Madrid, dirigidas a la financiación de proyectos de carácter asistencial en favor de personas afectadas por el VIH/SIDA.

Advertidos errores materiales en el Anexo I de la Orden 988/2015, de 23 de octubre, de la Consejería de Sanidad, por la que se resuelve la convocatoria para el año 2014 de concesión de subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro de la Comunidad de Madrid, dirigidas a la financiación de proyectos de carácter asistencial en favor de personas afectadas por el VIH/SIDA (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 267, de 10 de noviembre), procede realizar las oportunas rectificaciones, de acuerdo con lo establecido en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Visto el informe elaborado por el Órgano Colegiado de Evaluación y la propuesta de corrección de los errores materiales detectados, elevada por la Dirección General de Coordinación de la Asistencia Sanitaria,

DISPONGO

Primero

Corrección de los errores detectados

Proceder a la corrección de los errores materiales detectados en la Orden 988/2015, de 23 de octubre, de la Consejería de Sanidad, reproduciendo íntegramente el Anexo I de dicha Orden.

Segundo

Plazo de presentación de documentación justificativa

Se concede un nuevo plazo de cinco días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la presente corrección, para presentar la documentación justificativa contemplada en el artículo 9 de las bases reguladoras de estas subvenciones.

Tercero

Recursos

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el Consejero de Sanidad, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Cuarto

Publicación

Ordenar la publicación de esta Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo establecido en el artículo 52.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, a 9 de diciembre de 2015.

El Consejero de Sanidad, JESÚS SÁNCHEZ MARTOS



(03/36.989/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.65.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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