Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 304

Fecha del Boletín 
23-12-2015

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151223-45

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE EL MOLAR

RÉGIMEN ECONÓMICO

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El Molar. Régimen económico. Modificación de créditos

Por acuerdo plenario de 24 de noviembre de 2015 se aprobó inicialmente la modificación de créditos 10/15, acuerdo que se elevará automáticamente a definitivo si no existen alegaciones durante el plazo de exposición pública. Dicha modificación se publica en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID a tenor de lo preceptuado en el artículo 169.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, cuyo resumen es del siguiente tenor literal:

Transferencias de crédito:

— Partidas que incrementan crédito: 130.12004, 150.13000, 1621.13000, 171.13000, 320.16000, 3321.13000, 340.13000, 920.12000, 3321.22700, 340.21200.

• Importe total de 340.678 euros.

— Partidas que minoran crédito: 920.22604, 342.61900, 342.69200, 932.12000, 932.12100, 932.12101, 011.31000, 326.22610, 151.60000.

• Importe total de 340.678 euros.

Dicho acuerdo puede ser recurrido en el plazo de dos meses siguientes a la publicación del mismo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a tenor de lo preceptuado en el artículo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 171.1 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

La presente modificación de créditos entrará en vigor al día siguiente a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El Molar, a 17 de diciembre de 2015.—La alcaldesa, Yolanda Sanz Rojas.

(03/37.243/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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