Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 304

Fecha del Boletín 
23-12-2015

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151223-37

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARGANDA DEL REY

RÉGIMEN ECONÓMICO

37
Arganda del Rey. Régimen económico. Modificación ordenanza fiscal

Conforme a lo dispuesto en el artículo 17, apartados 3 y 4, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hace público que habiendo transcurrido el plazo reglamentario de treinta días de exposición pública del expediente de modificación de la ordenanza fiscal número 2, reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles, aprobado provisionalmente en sesión de Pleno, de 11 de noviembre de 2015, y no habiéndose registrado reclamaciones al mismo, se procede a la publicación del texto íntegro de la modificación que entrará en vigor y se aplicará a partir del día 1 de enero de 2016.

Contra el acuerdo que a continuación se transcribe, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES

Texto íntegro de la modificación:

Artículo 11.

“(…)

a) Para los bienes de naturaleza urbana, el 0,48 por 100 (…)”.

Arganda del Rey, a 18 de diciembre de 2015.—La concejala de Hacienda, Régimen Interior e Igualdad, Ana Sabugo Marcello.

(03/37.211/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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