Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 305

Fecha del Boletín 
24-12-2015

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151224-37

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

37
Madrid número 32. Ejecución 233 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Luisa Álvarez Castillo, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 233 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alberto Alonso Carrasco, don Alberto Recio Puertas, don Andrés Montalbán García, doña Carla Rodríguez Guerrero, doña Diana Fuentes Moreno, doña Diana Quintans Rodríguez, don Francisco Gil Leyva, don Jesús Torrijos Guerrero, doña Laura Cruz Mateos, doña María de los Ángeles Martín Cerdeiras, doña María Belén Cortez Zambrano, doña María del Carmen Guerrero García, doña Montserrat Calero Soriano, doña Pilar González López y don Sergio Aser Cruz, frente a “Ecco Documática, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa, se han dictado las siguientes resoluciones:

Diligencia.—En Madrid, a 16 de noviembre de 2015.

La extiendo yo, la letrada de la Administración de Justicia, para hacer constar que ha tenido entrada en este Juzgado escrito y copias presentado por doña Laura Cruz Mateos, don Jesús Torrijos Guerrero, doña Carla Rodríguez Guerrero, doña Diana Quintans Rodríguez, doña Montserrat Calero Soriano, doña María de los Ángeles Martín Cerdeiras, doña Diana Fuentes Moreno, don Sergio Aser Cruz, doña Pilar González López, don Francisco Gil Leyva, doña María del Carmen Guerrero García, don Andrés Montalbán García, doña María Belén Cortez Zambrano, don Alberto Alonso Carrasco y don Alberto Recio Puertas solicitando la ejecución de la sentencia de fecha 22 de enero de 2015 por la que se condena a “Ecco Documática, Sociedad Anónima”, al pago de cantidad líquida. Paso a dar cuenta.—Doy fe.

Auto

En Madrid, a 16 de noviembre de 2015.

Parte dispositiva:

Despachar orden general de ejecución de la sentencia de fecha 22 de enero de 2015 a favor de la parte ejecutante don Alberto Alonso Carrasco y otros catorce, frente a la demandada “Ecco Documática, Sociedad Anónima”, parte ejecutada, por un principal de 31.989,83 euros, más 1.919,38 euros y 3.198,98 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número 2805/0000/64/0233/15.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña María Luisa Gil Meana.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Decreto

En Madrid, a 16 de noviembre de 2015.

Parte dispositiva:

En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Se acuerda requerir al letrado de la parte actora para que en el plazo de cuatro días presente minuta al efecto de ampliar la ejecución por sus honorarios a los que también se condena en sentencia a abonar por la empresa demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, IBAN ES55/0049/3569/92/0005001274, número 2805/0000/64/0233/15.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La letrada de la Administración de Justicia, Luis Álvarez Castillo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Ecco Documática, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de noviembre de 2015.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/35.463/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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