Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 308

Fecha del Boletín 
28-12-2015

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151228-193

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 2

193
Guadalajara número 2. Procedimiento 443 de 2015-E

EDICTO

Doña María del Pilar Buelga Álvarez, secretaria del Juzgado de lo social número 2 de Guadalajara.

Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha en el proceso seguido a instancias de don Francisco Javier Ayala Rodríguez, contra “Encofrados y Estructuras Jobuga 2013, Sociedad Limitada”, Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social y “Mutua Fraternidad Muprespa”, en reclamación por Seguridad Social, registrado con el número 443 de 2015-E, se ha acordado en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social, citar a “Encofrados y Estructuras Jobuga 2013, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 22 de febrero de 2016, a las once horas, en la avenida del Ejército, número 12, Sala número 1, para la celebración del acto de juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y que deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistida de abogado o representada técnicamente por graduado social colegiado o representada por procurador pondrá esta circunstancia en conocimiento del Juzgado o tribunal, por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada tal intención al actor pueda este estar representado técnicamente por graduado social colegiado o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio, la falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.

Y para que sirva de citación a “Encofrados y Estructuras Jobuga 2013, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Guadalajara, a 24 de noviembre de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.433/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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