Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 308

Fecha del Boletín 
28-12-2015

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151228-48

Páginas: 4


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

48
Boadilla del Monte. Organización y funcionamiento. Modificación relación puestos de trabajo

De conformidad con lo establecido en el artículo 74 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y en el artículo 127 del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, se hace pública, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, la modificación de la relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, aprobada por el Pleno de la Corporación en sesión ordinaria celebrada el 25 de septiembre de 2015.

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición, ante el Pleno del Ayuntamiento, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de publicación del presente anuncio, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de publicación del presente anuncio, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer. No obstante, en el supuesto de que se haya interpuesto el recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Según dispone el artículo 72 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, en el marco de sus competencias de autoorganización, las Administraciones Públicas estructuran sus recursos humanos de acuerdo con las normas que regulan la selección, la promoción profesional, la movilidad y la distribución de funciones.

En este mismo sentido, la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, reconoce la autonomía local así como la potestad de programación y planificación, pudiendo establecer una organización propia, lo que permite a cada entidad implantar su modelo de organización.

Así, y según el artículo 74 del citado Estatuto básico, las Administraciones Públicas estructurarán su organización a través de relaciones de puestos de trabajo u otros instrumentos organizativos similares que comprenderán, al menos, la denominación de los puestos, los grupos de clasificación profesional, los cuerpos o escalas, en su caso, a que estén adscritos, los sistemas de provisión y las retribuciones complementarias. Dichos instrumentos serán públicos.

Por tanto, son las relaciones de puestos de trabajo el instrumento técnico a través del cual se realiza la ordenación del personal, de acuerdo con las necesidades de los servicios y se precisan los requisitos para el desempeño de cada puesto.

Desde esta Concejalía se considera que los Recursos Humanos, las personas, son el activo más importante de la organización, por lo que las estrategias y los criterios generales para su ordenación resultan determinantes para la sostenibilidad de la misma, así como para el mantenimiento de los estándares de calidad de los servicios públicos municipales.

La RPT debe ser un documento vivo, en constante transformación en función de las necesidades existentes, necesidades a las que hay que responder con las soluciones más adecuadas dentro de los límites que marcan las disponibilidades presupuestarias. Por ello, el presente acuerdo da continuidad al trabajo comenzado por el equipo técnico designado para la formación de un catálogo de funciones y que tuvo como consecuencia, la aprobación en la sesión plenaria celebrada el 25 de octubre de 2013 del catálogo de funciones del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, así como las diferentes modificaciones aprobadas posteriormente.

La presente propuesta de marcado carácter organizativo, en cuanto a los cambios a efectuar en la relación de puestos de trabajo, se fundamenta en las diferentes necesidades detectadas en las Concejalías, que se asumen y se incorporan como la justificación necesaria e imprescindible para llevar a cabo todos los cambios y modificaciones que se proponen.

La presente propuesta ha sido negociada con los representantes de los trabajadores iniciativa de la propia Corporación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, no manifestando oposición alguna por su parte.

En definitiva, el Equipo de Gobierno, responsable de definir e impulsar las políticas que considera más adecuadas para esta Administración Local, presenta esta propuesta de modificación de RPT con la que se pretende adecuar la misma a diversos ajustes que se consideran prioritarios en este momento para atender adecuadamente tanto a las necesidades existentes, como a las responsabilidades municipales y responder a los proyectos que se encuentran definidos en el Programa de Gobierno, así como dar continuidad a las medidas de austeridad adoptadas para ofrecer en un mejor servicio a los vecinos de Boadilla del Monte.

Todo ello sin perjuicio del actual procedimiento de actualización en materia de recursos humanos iniciado con los representantes de los trabajadores.

Por tanto, se pretende seguir con la línea planteada en la anterior legislatura, proponiendo una actualización de la RPT realista, viable y acorde con la organización actual, sin perjuicio de que, desde esta perspectiva de transformación y adaptación continuas que se plantea, se prosiga en el proceso de análisis y estudio de las restantes necesidades departamentales.

I.5.1. Modificación parcial de la RPT.

Primero.—Aprobar la modificación de la relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento en los siguientes términos:





Segundo.—Incorporar las modificaciones efectuadas en el modelo de relación de puestos de trabajo existente en este Ayuntamiento, de acuerdo con los criterios y normas aprobadas por el área de personal.

Tercero.—Remitir copia certificada del presente acuerdo al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y a la Dirección General de Cooperación con la Administración Local de la Comunidad de Madrid.

Cuarto.—Disponer la publicación del presente decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID”.

Boadilla del Monte, a 15 de diciembre de 2015.—La primera teniente de alcalde, delegada de Coordinación, Seguridad y Servicios Jurídicos, Susana Sánchez-Campos Guerrero.

(03/36.607/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151228-48