Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 308

Fecha del Boletín 
28-12-2015

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151228-39

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Alcalá de Henares. Régimen económico. Tarifas suministro de agua

Reunida la Comisión de Precios del Consejo de Consumo de la Dirección General de Consumo de la Comunidad de Madrid, en sesión celebrada el 22 de diciembre de 2015 acordó, entre otros asuntos, lo siguiente:

“Autorizar las tarifas de suministro de agua propuestas por el Ayuntamiento de Alcalá de Henares para el ejercicio de 2016, según se especifica a continuación:

Tarifas del servicio de suministro de agua potable:

1. Servicio de aducción:

A. Cuota fija o de servicio.

B. Cuota variable o de consumo.

2. Servicio de distribución:

A. Cuota de servicio.

B. Cuota de consumo.

3. Servicio de saneamiento:

A. Cuota fija o de servicio.

B. Cuota variable o de consumo.

4. Tarifa social, reducciones y bonificaciones.

5. Fondo Social Municipal.

6. Anexo tarifas otros conceptos.

Contra dicho acuerdo podrá interponerse recurso ante la excelentísima señora consejera de Economía, Empleo y Hacienda en el plazo de un mes a partir de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107 y 114 de la Ley 4/1999, por la que se modifica la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común”.

Las tarifas, precios y conceptos completos, han sido publicados en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 281, de 26 de noviembre de 2015 y corrección de erratas en el número 285, de 1 de diciembre de 2015.

Por todo ello, publíquese el presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Alcalá de Henares, a 23 de diciembre de 2015.—El alcalde, Javier Rodríguez Palacios.

(03/37.371/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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