Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 3

Fecha del Boletín 
05-01-2016

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160105-117

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19

117
Madrid número 19. Procedimiento 877 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Cristina Oro-Pulido Miguel, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 877 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Abid El Hayani, frente a “EC Persán, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Debo estimar y estimo la demanda formula por don Abid El Hayani, contra la entidad “EC Persán, Sociedad Limitada”, y en consecuencia, declaro improcedente el despido con efectos de fecha 1 de julio de 2015.

Condeno a la mercantil demandada “EC Persán, Sociedad Limitada”, a que, en el plazo de cinco días a contar desde la notificación de la presente resolución opte, comunicándoselo a este Juzgado, bien por la readmisión del actor en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido, o a que le indemnice con la cantidad de 10.859,97 euros; así como, en el caso de proceder a la readmisión, a abonar los salarios devengados desde el despido hasta la efectiva readmisión, por importe diario de 56,71 euros.

Condeno a “EC Persán, Sociedad Limitada”, a abonar a don Abid El Hayani la cantidad de 4.450,63 euros en concepto de salado y finiquito, que devengará el 10 por 100 de interés por mora respecto a los conceptos salariales reclamados.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer ante este Juzgado recurso de suplicación a resolver por la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. El recurso de suplicación deberá anunciarse ante este Juzgado, por escrito o comparecencia, dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “EC Persán, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 1 de diciembre de 2015.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/36.062/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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