Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 3

Fecha del Boletín 
05-01-2016

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160105-78

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 21

78
Madrid número 21. Juicio de faltas 997 de 2015

EDICTO

Doña Montserrat González Fernández, letrada de la Administración de Justicia, en sustitución, del Juzgado de instrucción número 21 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 997 de 2015 se ha dictado la presente sentencia, que en su parte dispositiva dice:

Fallo

Que debo condenar y condeno a don Yoel Ramírez Cabrera con pasaporte número L-189269 nacido en Cuba el 15 de marzo de 1991, hijo de Joel y Adir Nudia, como autor penalmente responsable de una falta de hurto en grado de tentativa de los artículos 623.1, 16 y 62 del Código Penal en su redacción anterior a la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2015, ya descrita, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de multa de un mes, con una cuota diaria de 10 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria de hasta quince días de privación de libertad del artículo 53 del Código Penal en caso de impago, así como a las costas procesales, en su caso.

Que debo condenar y condeno a don Germán Guevara Salgado, con número de identificación de extranjería X-3254183-M, nacido en Colombia el 10 de diciembre de 1995, hijo de Germán y Olga Lucía, como autor penalmente responsable de una falta de hurto en grado de tentativa de los artículos 623.1, 16 y 62 del Código Penal en su redacción anterior a la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2015, ya descrita, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de multa de un mes, con una cuota diaria de 10 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria de hasta quince días de privación de libertad del artículo 53 del Código Penal en caso de impago, así como a las costas procesales, en su caso.

Que debo absolver y absuelvo a los denunciados de la falta de daños por la que han sido acusados.

Don Yoel Ramírez Cabrera y don Germán Guevara Salgado deberán indemnizar, conjunta y solidariamente, al establecimiento “Hipercor”, en la persona de su representante legal, en la cantidad de 49,99 euros por el altavoz dañado, cantidad que devengará el interés legal previsto en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil desde la fecha de la presente resolución.

Hágase definitiva entrega de los efectos sustraídos a su legítimo titular.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Yoel Ramírez Cabrera, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido y firmo el presente en Madrid, a 14 de diciembre de 2015.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/37.126/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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