Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 5

Fecha del Boletín 
07-01-2016

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160107-137

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

137
Madrid número 24. Ejecución 231 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Marta Menárguez Salomón, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 231 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Erika Karina Narváez Narváez, frente a “Cymar Gestión Hotelera, Sociedad Limitada” y “Hotthelia Externalización, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 10 de diciembre de 2015.

Parte dispositiva:

Acuerdo despachar orden general de ejecución del título indicado por importe de 1.686 euros a favor de la ejecutante, doña Erika Karina Narváez Narváez, frente a “Cymar Gestión Hotelera, Sociedad Limitada”, y 1.430 euros frente a “Hotthelia Externalización, Sociedad Limitada”.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Así, por este su auto, lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo señor juez del Juzgado de lo social número 24 de Madrid, don Fernando Herrada Romero, de lo que doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El juez (firmado).

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que, además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de ese Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número de cuenta 2522-0000-64-0231-15.

Diligencia de ordenación de la letrada de la Administración de Justicia doña Marta Menárguez Salomón.—En Madrid, a 10 de diciembre de 2015.

El anterior escrito únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, en sentencia de fecha 18 de septiembre de 2015, a la empresa “Cymar Gestión Hotelera, Sociedad Limitada”, en favor de la demandante doña Erika Karina Narváez Narváez, y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en calle Princesa, número 3, planta octava, el día 22 de febrero de 2016, a las doce y quince horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.

Sirva la notificación de la presente resolución como citación en legal forma.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado; no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Cymar Gestión Hotelera, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 10 de diciembre de 2015.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/37.238/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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