Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 6

Fecha del Boletín 
08-01-2016

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160108-121

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

121
Madrid número 24. Juicio 214 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 24, de refuerzo, de Madrid.

Asunto en que se acuerda: juicio de ejecución forzosa número 214 de 2015, promovido por doña María del Pilar Blanco Martín, sobre despido.

Persona que se cita: “The Nail Concept Madrid, Sociedad Limitada”, en concepto de parte demandada en dicho juicio.

Objeto de la notificación: parte dispositiva del auto que pone fin al procedimiento del incidente de no readmisión solicitado por doña María del Pilar Blanco Martín.

Parte dispositiva:

Declaro la extinción de la relación laboral que unía a doña María del Pilar Blanco Martín con la entidad “The Nail Concept Madrid, Sociedad Limitada”, a fecha de 2 de diciembre de 2015, cesando por tanto los efectos de la relación laboral para cada una de las partes.

Condeno a la mercantil “The Nail Concept Madrid, Sociedad Limitada”, a abonar a doña María del Pilar Blanco Martín en concepto de indemnización la cantidad de 613,11 euros, así como la cantidad de 2.962,05 euros en concepto de salarios de tramitación.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrá interponerse recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de conformidad a lo dispuesto en la Ley de Procedimiento Laboral.

Así por esta resolución lo pronuncia, acuerda y firma don Francisco Javier Piñonosa Ros, magistrado-juez de adscripción territorial en funciones de refuerzo en el Juzgado de lo social número 24 de Madrid.

En Madrid.—Firmado.

(03/36.438/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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