Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 11

Fecha del Boletín 
14-01-2016

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160114-75

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17

75
Madrid número 17. Procedimiento ordinario 34 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Paloma Muñiz Carrión, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 17 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 34 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Dina Merino Aranibar, frente a doña María Francisca Molina Llorente y “Krhul Logística, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Que estimando la demanda formulada por doña Dina Merino Aranibar, contra “Krhul Logística, Sociedad Limitada”, y contra doña María Francisca Molina Llorente, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar a la demandante 1.084,01 euros, más el 10 por 100 en concepto de interés por mora, absolviendo a doña María Francisca Molina Llorente de las pretensiones de la demanda.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que la misma es firme y frente a ella no cabe formular recurso de suplicación.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Krhul Logística, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 3 de diciembre de 2015.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/37.015/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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