Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 11

Fecha del Boletín 
14-01-2016

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160114-89

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20

89
Madrid número 20. Procedimiento 1.334 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Almudena Ortiz Martín, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.334 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Miguel Bergillos Zarrias, frente a “Atmos Española, Sociedad Anónima”, “Ecolaire España, Sociedad Anónima”, Fondo de Garantía Salarial, “OHL Industrial, Sociedad Limitada”, “Peabody and Wind España, Sociedad Anónima”, “Planiver, Sociedad Anónima”, y “Producciones Constructivas e Ingeniería Asociados, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Que desestimando la excepción de caducidad esgrimida por las codemandadas, estimando la falta de legitimación pasiva “ad cáusam” esgrimida por “OHL Industrial, Sociedad Limitada”, y estimando parcialmente la demanda de despido deducida por don José Miguel Bergillos Zarrias, contra las empresas “Ecolaire España, Sociedad Anónima”, “OHL Industrial, Sociedad Limitada”, “Peabody and Wind España, Sociedad Anónima”, “Producciones Constructivas e Ingeniería Asociados, Sociedad Limitada” (nueva denominación “Cañadas de los Herreros Rivera de Huelva, Sociedad Limitada”), y “Atmos Española, Sociedad Anónima”, las cuatro últimas no comparecen pese a estar citadas en legal forma, y siendo parte el Fondo de Garantía Salarial, que tampoco comparece, debo convalidar la procedencia del despido, declarando el derecho del actor a percibir la suma de 22.116 euros en concepto de indemnización por despido objetivo a cuyo abono viene obligada la empresa codemandada “Ecolaire España, Sociedad Anónima”.

Asimismo, debo absolver y absuelvo al resto de empresas codemandadas de los pedimentos de la demanda.

Notifíquese la sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra ella cabe interponer recurso de suplicación, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia o por simple manifestación en el momento de la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario de justicia gratuita que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en el “Banco Santander” a nombre de este Juzgado con el número 2518, acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado a alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado abierta en la calle Princesa, número 2, con el número 2518, la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándose a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.

Asimismo, el recurrente, habrá de acompañar, en su caso, en el momento de la interposición del recurso el justificante de pago de la tasa con arreglo al modelo oficial, debidamente validado, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, y orden HAP/2662/2012, de 13 de diciembre.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo,

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Planiver, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 9 de diciembre de 2015.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/36.979/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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