Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 12

Fecha del Boletín 
15-01-2016

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160115-36

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA

PERSONAL

36
Fuenlabrada. Personal. Modificación RPT Área de Economía y Hacienda

Por la presente se notifica que la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Fuenlabrada, en sesión ordinaria celebrada el día 18 de diciembre de 2015, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

19.0. MODIFICACIÓN DE LA R.P.T. EN EL ÁREA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Vista la propuesta presentada por la concejala-delegada de Recursos Humanos, que transcrita literalmente dice:

«Visto el informe de la Dirección General de Economía, Hacienda y Régimen Interior de 15 de diciembre en el que se manifiesta la necesidad, urgencia y conveniencia para la modificación del puesto de trabajo denominado “Órgano de Contabilidad” a partir de la inclusión de los méritos específicos a efectos de provisión del puesto por el sistema de concurso que, a su juicio, deberían ser los siguientes:

a) Por servicios prestados, con puntuación máxima de 1 punto (un punto).

Por servicios prestados como titular del Órgano de Contabilidad en Entidades Locales clasificadas de categoría superior y a las que resulte de aplicación el régimen de organización de los municipios de gran población contenido en el título X de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, a razón de 0,1 puntos por mes completo de servicios prestados, hasta el máximo indicado de 1 punto.

b) Por formación, con puntuación máximo de 0,5 puntos (medio punto).

Por la realización de cursos, dentro de los dos últimos años, impartidos por institutos o escuelas de Administración Pública u organismos similares de las Comunidades Autónomas, universidades o entidades privadas de reconocido prestigio, en materia de gestión presupuestaria y contabilidad pública local, con una duración no inferior a noventa horas lectivas».

Visto el informe de la Dirección General de Recursos Humanos de 16 de diciembre que informa sobre las características actuales del puesto de trabajo y las modificaciones que deberían realizarse para dar cumplimiento a las necesidades planteadas por la Dirección General de Economía, Hacienda y Régimen Interior.

Y en virtud de que la actualización de las relaciones de puestos de trabajo, de acuerdo con la atribución de competencias que recoge el artículo 127.1.h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, es competencia de la Junta de Gobierno Local, entiende la que suscribe que procede la adopción de los siguientes acuerdos:

Primero.—La modificación del puesto de trabajo denominado “Órgano de Contabilidad” e identificado con el código HAC-07-A005 con la inclusión de los siguientes méritos específicos a efectos de provisión por el sistema de concurso:

a) Por servicios prestados, con puntuación máxima de 1 punto (un punto).

Por servicios prestados como titular del Órgano de Contabilidad en Entidades Locales clasificadas de categoría superior y a las que resulte de aplicación el régimen de organización de los municipios de gran población contenido en el título X de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, a razón de 0,1 puntos por mes completo de servicios prestados, hasta el máximo indicado de 1 punto.

b) Por formación, con puntuación máxima de 0,5 puntos (medio punto).

Por la realización de cursos, dentro de los dos últimos años, impartidos por institutos o escuelas de Administración Pública u organismos similares de las Comunidades Autónomas, universidades o entidades privadas de reconocido prestigio, en materia de gestión presupuestaria y contabilidad pública local, con una duración no inferior a noventa horas lectivas.

Segundo.—La publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del acuerdo en el punto anterior.

Vista la conformidad de la Intervención Municipal.

La Junta de Gobierno Local acuerda por unanimidad aprobar la propuesta transcrita en todos sus términos.

Lo que se notifica a los efectos oportunos, previniéndole de que contra el presente acuerdo podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante alguno de los órganos jurisdiccionales que prevén los artículos 8 y 10 de la Ley 19/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde su notificación o publicación.

Sin perjuicio de lo anterior, con carácter potestativo, puede usted interponer recurso de reposición en los términos y plazos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, según redacción dada por la Ley 4/1999.

Igualmente, podrán utilizar cualquier otro recurso previsto en la Ley, que a su derecho interese.

Fuenlabrada, a 28 de diciembre de 2015.—La titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local en funciones, María del Rocío Parra Castejón.

(03/37.981/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160115-36