Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 14

Fecha del Boletín 
18-01-2016

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160118-69

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE GETAFE NÚMERO 4

69
Getafe número 4. Procedimiento 259 de 2013

EDICTO

Doña María Paz Laso Pérez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia e instrucción número 4 de Getafe.

Hace saber: Que en los autos de regulación de relaciones paterno-filiales número 259 de 2013 se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia

En Getafe, a 6 de julio de 2015.—El ilustrísimo señor don Francisco Javier Achaerandio Guijarro, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 4 de Getafe, habiendo visto los presentes autos de juicio verbal sobre guarda, custodia y alimentos seguidos en este Juzgado al número 259 de 2013, a instancia de la procuradora de los tribunales doña Silvia Pérez Macarrilla, en nombre y representación de doña Karolina Katarzyna Lysionek, con número de identificación de extranjería X-7233640-W, mayor de edad, con domicilio en Getafe, en la calle Limonita, número 4, asistida del letrado don Miguel Julián Cabeza Palomo, con número de colegiado 30.309, frente a don Roberto Sierra Radillo, con documento nacional de identidad número 52979418-E, mayor de edad, en ignorado domicilio, declarado en estos autos en situación de rebeldía procesal, con intervención del ministerio fiscal, y a la vista de lo siguiente:

Fallo

1. Se estima sustancialmente la demanda presentada por la procuradora de los tribunales doña Silvia Pérez Macarrilla, en nombre y representación de doña Karolina Katarzyna Lysionek, contra don Roberto Sierra Radillo, con intervención del ministerio fiscal.

2. Se declara que la relación entre los miembros de la familia implicados en este proceso se ajustará a las siguientes medidas definitivas:

1.o Se atribuye la guardia y custodia de la hija de doña Karolina Katarzyna Lysionek y de don Roberto Sierra Radillo, llamada Karina Sierra Lysionek, a la madre, manteniéndose la patria potestad compartida por ambos progenitores.

2.o Se establece a favor del padre régimen de visitas consistente en dos horas los sábados y domingos alternos en el punto de encuentro familiar más cercano al domicilio de la menor, y en el horario que determine dicho punto de encuentro.

La madre facilitará en todo momento todo tipo de comunicaciones con el padre siempre que no se produzcan de forma caprichosa, injustificada o fuera de las horas normales para ello.

3.o Se fija una pensión alimenticia a favor de la hija y que deberá abonar el padre, la cantidad equivalente a un 30 por 100 de los ingreso que por cualquier concepto aquel perciba, cantidad que habrá de ser abonada dentro de los diez días primeros de cada mes mediante su ingreso en la cuenta corriente que le sea facilitada por la demandante; así como el 50 por 100 de los gastos extraordinarios.

4.o No se hace pronunciamiento sobre costas.

Notifíquese a las partes la presente resolución, y que por la rebeldía del demandado deberá notificarse de conformidad con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, una vez lo solicite la parte actora, salvo que solicite la notificación personal en el domicilio que designe.

Inclúyase la presente resolución en el libro de sentencias dejando en las actuaciones testimonio, haciéndose saber a las partes que cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, debiendo interponerse el mismo por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación.

Procédase al archivo de las actuaciones tan pronto como se firme la presente resolución, una vez se desglosen los documentos originales presentados con entrega a la parte previo testimonio en autos.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a don Roberto Sierra Radillo la sentencia dictada en los presentes autos de fecha 6 de julio de 2015.

En Getafe, a 26 de noviembre de 2015.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/37.314/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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