Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 14

Fecha del Boletín 
18-01-2016

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160118-73

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3

73
Madrid número 3. Procedimiento ordinario 524 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Ismael Pérez Martínez, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 524 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Isardo Hellín, frente a “Halcón Seguridad, Sociedad Anónima”, y don Antonio Batlle Moreno, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 367 de 2015

En Madrid, a 29 de septiembre de 2015.—Vistos por la ilustrísima magistrada-juez del Juzgado de lo social número 3 de Madrid, doña Mercedes Gómez Ferreras, los presentes autos número 524 de 2014, seguidos a instancias de don José Isardo Hellín, contra don Antonio Batlle Moreno, Fondo de Garantía Salarial y “Halcón Seguridad, Sociedad Anónima”, sobre reclamación de cantidad, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia.

Vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación,

Fallo

Procede estimar la demanda planteada por don José Isardo Hellín, contra “Halcón Seguridad, Sociedad Anónima”, su administrador concursal don Antonio Batlle Moreno y Fondo de Garantía Salarial, en reclamación de cantidad, y condenar a la empresa demandada a que abone al actor la cantidad de 178,46 euros, más el 10 por 100 de interés por mora. Con absolución del administrador concursal don Antonio Batlle Moreno y del Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de la responsabilidad legal subsidiaria de este organismo.

Se advierte a las partes que esta sentencia es firme y contra ella no cabe interponer recurso alguno.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Halcón Seguridad, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 10 de diciembre de 2015.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/37.416/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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