Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 22

Fecha del Boletín 
27-01-2016

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160127-79

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19

79
Madrid número 19. Ejecución 960 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Cristina Oro-Pulido Miguel, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 960 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jorge Alberto Martínez Sánchez, frente a “Falcón Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta a instancias de don Jorge Alberto Martínez Sánchez, contra la empresa “Falcón Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, y en consecuencia, condeno a la empresa “Falcón Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, al pago a don Jorge Alberto Martínez Sánchez de la cantidad de 4.776,85 euros por los conceptos especificados en el hecho probado segundo de la presente resolución, que devengará el 10 por 100 de interés por mora respecto a los conceptos salariales reclamados.

El Fondo de Garantía Salarial responderá de las consecuencias económicas previstas en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores y siempre dentro de los límites establecidos en el mencionado precepto.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que, habiendo solicitado indemnización que por cuantía sería susceptible de recurso, la misma no es firme y que contra ella cabe interponer ante este Juzgado recurso de suplicación a resolver por la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. El recurso de suplicación deberá anunciarse ante este Juzgado, por escrito o comparecencia, dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Falcón Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 17 de diciembre de 2015.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/872/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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