Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 28

Fecha del Boletín 
03-02-2016

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160203-39

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE

OTROS ANUNCIOS

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Boadilla del Monte. Otros anuncios. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de la convocatoria de ayudas por nacimiento, adopción y manutención de menores de tres años correspondientes al período 2015:

BDNS (Identif.): 300718).

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 30/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Beneficiarios.—Beneficiarios de la ayuda:

a) Por nacimiento: la familia, que cumpliendo los requisitos, hubiera tenido un hijo o adoptado a un menor de edad durante el 2015.

b) Por manutención: la familia que, cumpliendo los requisitos establecidos en la ordenanza, hubiera tenido un hijo y tuviera menos de tres años.

Segunda. Objeto.—Apoyar a las familias del municipio destacando la continuidad en reforzar aquellas ayudas económicas para familias numerosas y atención a la discapacidad.

Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza municipal reguladora de las citadas ayudas, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 105, de 3 de mayo de 2012, modificada por sesión plenaria celebrada el 25 de octubre de 2013, y publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 30, de 5 de febrero de 2014.

Cuarto. Cuantías.

A) Nacimientos y adopción de menor: consistirá, con carácter general, en una ayuda económica de un pago único de hasta 700 euros de importe.

a.1) Familia numerosa: un pago único de hasta 1.000 euros.

a.2) Familia numerosa especial: un pago único de hasta 1.300 euros.

a.3) Discapacidad: un pago único de hasta 2.000 euros en caso de concurrir minusvalía en el menor en grado superior o igual al 33 por 100.

a.4) Nacimiento o adopción que suponga la concurrencia de la situación de discapacidad y la adquisición de la condición de familia numerosa por la unidad familiar: pago único de hasta 3.000 euros.

B) Ayudas por manutenciones: consistirá, con carácter general, en una ayuda económica de importe de hasta 350 euros; no obstante, se establece que el importe de la ayuda será:

b.1) Familia numerosa: hasta 700 euros anuales.

b.2) Familia numerosa especial: hasta 1.000 euros anuales.

b.3) Discapacidad: hasta 1.000 euros anuales, cuando el menor que genera el derecho a la ayuda de manutención tenga una minusvalía en grado superior o igual al 33 por 100 (por tiempo limitado).

b.4) En los supuestos donde concurran la situación de discapacidad del menor y la categoría de familia numerosa de la unidad familiar a la que pertenece, se realizará un pago único de hasta 1.500 euros.

En los casos de adopción se computarán los tres años posteriores a la fecha de resolución de la misma.

En la presente convocatoria las cuantías se concretarán en función del número de solicitudes concedidas y la dotación presupuestaria vinculada al efecto del presupuesto municipal del ejercicio 2016, la cual asciende a 700.000,00 euros.

Quinto. Plazo de solicitud.—Se fija el plazo de solicitudes para la presente convocatoria en treinta días naturales, a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sexto. Otros datos.—Podrá descargarse el modelo de solicitud en www.aytoboadi lla.com, o bien recoger los impresos en la sede administrativa (calle José Antonio, número 42) y/o en la sede institucional (plaza de la Villa, número 1).

Solo se admitirá una solicitud por menor que cumpla los requisitos exigidos. Las solicitudes se presentarán mediante el modelo de solicitud reglamentaria. Solicitud y documentación se entregarán en el Registro General (calle José Antonio, número 42), o mediante los procedimientos establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992.

Asimismo, se habilita la presentación telemática de la solicitud y documentación referida.

En Boadilla del Monte, a 21 de enero de 2016.—La concejala-delegada del Área de Educación, Familia y Servicios a la Ciudadanía, Sara de la Varga González.

(03/3.582/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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