Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 35

Fecha del Boletín 
11-02-2016

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160211-35

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

35
Fuenlabrada. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Acuerdo de Junta de Gobierno Local, de 5 de febrero de 2016 (punto 27), por la que se convocan las subvenciones para asociaciones y entidades ciudadanas del Distrito (Junta Municipal de Distrito Loranca-Nuevo Versalles y Parque Miraflores, de Fuenlabrada), correspondientes al año 2016.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Primero. Beneficiarios.—Asociaciones o entidades con personalidad jurídica y legalmente constituidas, que desarrollen proyectos y/o actividades de interés social, en el ámbito territorial de la Junta Municipal de Distrito de Loranca-Nuevo Versalles y Parque Miraflores.

Segundo. Objeto.—Se convocan en régimen de concurrencia competitiva para el desarrollo de actividades en el ámbito de acción social en el ámbito territorial de la Junta Municipal de Distrito de Loranca-Nuevo Versalles y Parque Miraflores y dentro de alguna de las siguientes Áreas de Actuación: Participación Ciudadana, Servicios Sociales e Integración Social, Infancia y Juventud, Igualdad, Sanidad y Consumo, Educación, Cultura, Medio Ambiente y Sostenibilidad.

Tercero. Bases reguladoras.—La ordenanza reguladora de subvenciones del Ayuntamiento de Fuenlabrada se encuentra publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de marzo de 2005, así como en la página web municipal.

Cuarto. Cuantía.—El crédito consignado asciende a 35.000,00 euros, en la partida 1023/231/48001.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo para la presentación de las solicitudes será de quince días, contados desde el siguiente a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de este anuncio.

Sexto. Otros datos.—Se deberá presentar la documentación requerida en el Registro General del Ayuntamiento de Fuenlabrada o en cualquiera de sus registros auxiliares.

Se procederá al pago de la subvención de manera anticipada, por la totalidad.

Para la justificación, se establece como fecha máxima de presentación el 14 de enero de 2017, mediante la documentación requerida en las bases (artículo 13).

Fuenlabrada, a 9 de febrero de 2016.—El alcalde-presidente, Manuel Robles Delgado.

(03/5.123/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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