Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 41

Fecha del Boletín 
18-02-2016

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160218-52

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE FUENLABRADA NÚMERO 2

52
Fuenlabrada número 2. Procedimiento 879 de 2011

EDICTO

Doña Silvia Álvarez Vega, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 2 de Fuenlabrada.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento familia, guarda, custodia o alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados número 879 de 2011, instados por la procuradora doña Raquel Lidia Santos Fernández, en nombre y representación de doña Joy Samuel, contra don Richter Nosa Damazah, en los que se ha dictado en fecha 7 de octubre de 2015 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Estimar en parte la demanda formulada por la procuradora señora Santos Fernández, en nombre y representación de doña Joy Samuel, frente a don Richter Nosa Damazah, aprobando las siguientes medidas que regularán las relaciones entre las partes con sus hijos menores, Emmanuel Uyighosa Damazah, nacido el día 26 de junio de 2006; Sharon Osayuwame Damazah, nacida el día 15 de febrero de 2008, y Victory Iyosayi Damazah, nacido el día 11 de septiembre de 2009:

1. Se atribuye el ejercicio exclusivo de la patria potestad y la guarda custodia de los menores a la madre.

2. Se suspende el régimen de visitas y estancias de los menores con el padre en tanto no cambien las circunstancias.

3. En concepto de alimentos para los menores Emmanuel Uyighosa Damazah, Sharon Osayuwame Damazah y Victory Iyosayi Damazah, su padre deberá contribuir con la cantidad de 600 euros mensuales (200 euros por cada hijo) que abonará en los cinco primeros días de cada mes en la cuenta bancaria que designe la madre.

Los gastos extraordinarios serán abonados al 50 por 100 por cada uno de los progenitores.

La pensión será actualizada en enero de cada año conforme al incremento de precios al consumo que publique el Instituto Nacional de Estadística u organismo competente.

No se hace especial pronunciamiento respecto de las costas procesales.

Notifíquese a las partes esta resolución pudiendo interponer frente a la misma recurso de apelación que deberá interponerse en este Juzgado en el plazo de veinte días desde la notificación de la sentencia, siendo resuelto por la Audiencia Provincial de Madrid.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de don Richter Nosa Damazah, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se hace constar que la demandante es beneficiaria de justicia gratuita.

El texto completo de la resolución que se notifica esta a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Fuenlabrada, a 4 de enero de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/3.451/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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