Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 45

Fecha del Boletín 
23-02-2016

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160223-62

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 33

62
Madrid número 33. Procedimiento 517 de 2015

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal (250.2) número 517 de 2015, entre Comunidad de Propietarios del Edificio número 19 del paseo de los Artilleros, de Madrid, y herederos de Ernestina Martínez García, en reclamación de cantidad, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Estimo íntegramente la demanda planteada interpuesta por Comunidad de Propietarios del Edificio número 19 de la Calle Paseo de los Artilleros, de Madrid, tras exponer los hechos y fundamentos en que se funda su pretensión, interesa que en su día se dicte sentencia frente a ignorados herederos de Ernestina Martínez García, declaro haber lugar a la misma y, en su virtud, condeno a la demandada a abonar a la actora 5.336,73 euros, más los intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda, todo ello con expresa condena en costas a la demandada atendiendo al criterio objetivo del vencimiento conforme al artículo 394 de la Ley de Enjuciamiento Civil.

Notifíquese a las partes, con indicación de que podrán interponer recurso de apelación.

Así, por esta mi sentencia, de la que se extenderá certificación en los presentes autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Diligencia.—En la misma fecha, yo, el secretario, doy fe de su publicación.

Y para que sirva de notificación a desconocidos herederos de Ernestina Martínez García, expido y firmo la presente en Madrid, a 23 de diciembre de 2015.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/3.247/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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