Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 45

Fecha del Boletín 
23-02-2016

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160223-55

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

55
Madrid. Sala de lo Social. Sección Tercera. Procedimiento 558 de 2015

SALA DE LO SOCIAL

Sección Tercera

EDICTO

Don Luis Fariñas Matoni, letrado de la Administración de Justicia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección Tercera de la Sala de lo social).

Hago saber: Que en esta Sala se sigue el recurso de suplicación número 558 de 2015 formalizado por el letrado don Antonio Ruiz Gayoso, en nombre y representación de “Econo Droper, Sociedad Limitada”, y por el abogado del Estado, en nombre y representación del Fondo de Garantía Salarial, contra la sentencia de fecha 9 de marzo de 2015 dictada por el Juzgado de lo social número 26 de Madrid, en sus autos de despido/ceses en general número 356 de 2013, seguidos a instancias de doña Mercedes Gijón del Burgo, frente a “Econo Droper, Sociedad Limitada”, Fondo de Garantía Salarial y “Perfumerías Eliris, Sociedad Limitada”, en reclamación por despido, en el que se ha dictado sentencia de fecha 21 de diciembre de 2015, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Desestimamos los recursos de suplicación interpuestos por “Econo Droper, Sociedad Limitada”, y por el Fondo de Garantía Salarial contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo social número 26 de Madrid con fecha 10 de marzo de 2015, en autos número 356 de 2013, sobre despido, seguidos a instancia de doña Mercedes Gijón del Burgo, contra “Perfumerías Eliris, Sociedad Limitada”, “Econo Droper, Sociedad Limitada”, y el Fondo de Garantía Salarial, y en su consecuencia, confirmamos la citada resolución. Sin costas.

Y para que sirva de notificación a “Perfumerías Eliris, Sociedad Limitada”, actualmente en domicilio desconocido o ignorado paradero, expido y firmo la presente en Madrid, a 21 de enero de 2016.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/3.942/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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