Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 46

Fecha del Boletín 
24-02-2016

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160224-188

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE TOLEDO NÚMERO 1

188
Toledo número 1. Procedimiento ordinario 659 de 2015

EDICTO

Don Juan Antonio Muñoz Sánchez, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Toledo.

Hago saber: Que, en el procedimiento ordinario número 659 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jonathan Herrera Castillo, contra la empresa “Falcon Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima” y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado la sentencia, cuyo fallo dice:

Fallo

Que, estimando la demanda en reclamación de cantidad, interpuesta por don Jonathan Herrera Castillo, frente a la empresa “Falcon Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone al actor por los conceptos de la demanda la cuantía de 5.281,61 euros, cuantía que devengará el interés de mora del 10 por 100.

Notifíquese la presente sentencia a las partes haciéndolas saber de que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 192 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Social, siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita, haber consignado el importe íntegro de la condena en la cuenta de este Juzgado con el número 4320-0000-65-0659-15 o presentar aval solidario de entidad financiera por el mismo importe. Asimismo, deberá constituir otro depósito por importe de 300 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones del Juzgado presentando el resguardo correspondiente a este último depósito en la Secretaría del Juzgado al tiempo de interponer el recurso y el del primer depósito al momento de anunciar, sin cuyos requisitos no podrá ser admitido.

Por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Fue leída y publicada la anterior sentencia por el magistrado-juez que la dictó, estando celebrando audiencia pública en el día de la fecha.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se libran los despachos de notificación a las partes de lo que yo, secretario, doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Falcon Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Toledo, a 28 de diciembre de 2015.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/4.293/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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